Cierre de fronteras: ¿Cuáles son los casos en que está permitido viajar al exterior?
El Ministerio de Salud anunció que las fronteras del país se mantendrán cerradas hasta el próximo domingo 25 de julio, para prevenir eventuales importaciones de contagios de coronavirus en el país.
La medida ha sido prorrogada en múltiples ocasiones durante los últimos meses, y solo es posible viajar dentro del país, siempre que las medidas sanitarias como el Plan Paso a Paso lo permitan.
Sin embargo, hay casos excepcionales en que sí están autorizados los viajes fuera de Chile, pero deben regirse bajo requisitos y condiciones especiales.
¿En qué casos puedo salir del país?
Según informa el Ministerio de Salud, las personas que pueden salir del país son las personas de nacionalidad chilena y los extranjeros residentes de manera regular en territorio chileno.
Ellos pueden cruzar las fronteras del país, siempre que sea por situaciones catalogadas como extraordinarias o imprescindibles, las cuales son:
- Realización de actividades fundamentales e imprescindibles para el país.
- Motivos urgentes y calificados de carácter humanitario.
- Esencial para la salud del solicitante.
- Viaje que no considera retorno habitual a Chile (porque reside en el extranjero, por ejemplo).
¿Qué necesito para salir de Chile?
Si una persona, por cualquiera de los anteriores motivos, desea salir de Chile, debe rellenar un formulario que está disponible en Comisaría Virtual y que se denomina "Solicitud extraordinaria de viaje al extranjero".
Este documento se obtiene con Clave Única o con la cédula de identidad, pero lo importante es que lo consiga mínimo 72 horas (3 días) antes de la fecha de viaje, considerando que la Subsecretaría de Prevención del Delito tarda mínimo 48 horas en revisarlo y aprobarlo. Esto, porque se jerarquiza según el día del viaje.
Entre los datos que deben ingresar la persona en el documento están:
- Nombre completo.
- RUT.
- Teléfono.
- Correo electrónico.
- Domicilio y región.
- Fecha de salida y de vuelta.
- Medio de viaje (terrestre, marítimo o aéreo).
- Razón de viaje (las mencionadas anteriormente).
- Descripción de la razón del viaje.
En la parte final se deben adjuntar los documentos que respalden la salida fuera de Chile y mencionar la cantidad de personas que lo acompañarán durante su viaje.
Por último, el interesado realiza una declaración jurada de que los documentos adjuntados no son falsos. En caso de serlo, arriesga presidio menor y una multa de 6 a 10 UTM.
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