Subsidio Especial Arriendo Clase Media: Los documentos que debes presentar para postular
Uno de los beneficios destinados a las familias afectadas por la pandemia es el Subsidio de Arriendo Especial Clase Media, este aporte estatal entrega hasta $250.000 a las familias arrendatarias de un inmueble que hayan visto una caída en sus ingresos.
En detalle, la ayuda social se entrega durante tres meses para pagarle de una sola vez al respectivo arrendador de la vivienda, siempre que el valor del arriendo no supere los $600.000.
Cabe destacar que el aporte beneficia a las familias de sectores bajos y medios de todas las regiones del país, que hayan visto una caída de al menos un 30% en sus ingresos producto de la emergencia sanitaria.
¿Cómo puedo postular?
Las postulaciones para el Subsidio de Arriendo Especial se podrán realizar hasta el 30 de julio en www.minvu.cl.
Allí, el usuario debe hacer click en el banner "Subsidio de Arriendo Especial Clase Media” y acceder con Clave Única.
Luego, el postulante debe seguir las instrucciones, completar los formularios, adjuntar los documentos requeridos y revisar la información que aparecerá automáticamente.
Una vez revisada la información, debe hacer pinchar en “enviar”. Posteriormente, el Serviu validará los datos y, si los antecedentes están correctos, la postulación será aceptada y el beneficiado recibirá un correo de confirmación.
¿Qué documentos debo presentar en la postulación?
Las personas que este interesada en recibir el Subsidio Especial de Arriendo debe presentar los siguientes documentos:
- Para acreditar cesantía o disminución de al menos un 30% en los ingresos, sirve una presentación del finiquito, comprobante de cobros del Seguro de Cesantía, tres liquidaciones que demuestren menos ingresos o cualquier otro documento que respalde la modificación de las condiciones laborales.
- En caso de adultos mayores jubilados, no deben acreditar nada de lo anterior, pero deben presentar un comprobante de pago de pensión de vejez.
- Acreditar antecedentes de la vivienda arrendada con un contrato de arriendo firmado ante notario y presentar una declaración jurada del arrendador, en la que se compromete a mantener el arriendo por todo el tiempo cubierto por el beneficio: tres meses.
- En la declaración jurada simple del arrendatario y del arrendador, se debe dar fe de la veracidad del contrato, el cual debe haber sido firmado antes del 15 de marzo de 2021, por un monto total de arriendo de hasta $600.000.
¿Quiénes pueden postular?
Existen dos grupos de personas que pueden postular al beneficio:
- Los que cuentan con Registro Social de Hogares (RSH). Deben declarar núcleo familiar de acuerdo a la información que dicho sistema contiene.
- Los que no poseen RSH. El postulante deberá declarar el núcleo familiar con el que realiza la solicitud, señalando el nombre, número de su cédula de identidad, edad y parentesco. Considerar que en estos casos, los ingresos anteriores a la rebaja o a la cesantía no podrán superar los $2 millones.
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