Proyectos de cuarto retiro del 10%: ¿Cuáles serían los plazos para sacar los fondos de la AFP?
Los retiros de los fondos previsionales de las AFP han sido un alivio para el bolsillo de muchas personas que se han visto afectadas por la pandemia del coronavirus.
Si bien ya van tres retiros del 10%, ahora hay dos iniciativas que buscan que los afiliados puedan concretar un cuarto retiro de sus ahorros previsionales.
Uno de estos proyectos es el liderado por la diputada Pamela Jiles (Partido Humanista) y otro es el presentado por el diputado Jorge Durán (Renovación Nacional).
Ambos proyectos fueron declarados admisibles por parte de la Cámara de Diputados y su Mesa Directiva, por lo que se enviaron a la Comisión de Constitución para su análisis y votación, es decir, se encuentran en primer trámite constitucional.
Sin embargo, las iniciativas del cuarto retiro del 10% no han sido puestas en tabla, por lo que no se ha iniciado su discusión.
¿Cuáles serían los montos a retirar?
El proyecto de Jiles establece que el monto máximo a retirar no podrá exceder de 150 UF ($4.445.994), ni ser inferior a 35 UF ($1.037.398), en caso de que los saldos acumulados en la cuenta así lo permitan.
En tanto, si el saldo del afiliado es inferior a 35 UF, podrá retirar la totalidad de sus fondos acumulados en dicha cuenta.
Por otra parte, la iniciativa de Durán propone que los afiliados del sistema previsional podrán retirar mensualmente desde cinco ingresos mínimos mensuales ($1.632.500) hasta un máximo de 150 UF ($4.445.994) de su cuenta.
¿Cuáles serían los plazos para retirar el dinero?
Proyecto de Jiles
En caso de que la iniciativa de Pamela Jiles se transforme en ley, las personas tendrían un plazo máximo de 365 días para retirar el dinero de su AFP.
Además, según establece la iniciativa, el 50% del monto retirado se deberá pagar en un plazo máximo de diez días hábiles desde presentada la solicitud, y el 50% restante en un plazo máximo de diez días hábiles a contar del desembolso anterior.
Proyecto de Durán
Por ahora, la propuesta de Durán no establece plazos en los que se deben pagar los respectivos retiros.
Sin embargo, para efectuar el cuarto retiro, sería necesario que exista un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública derivado de una pandemia, o bien, una declaración de alerta sanitaria de la autoridad respectiva.
Adicionalmente, la propuesta de Durán establece como requisito para el retiro que los fondos previsionales que en la actualidad registre el afiliado, proyectados a la edad de su jubilación, sean insuficientes para financiar una pensión superior a las 25 unidades de fomento (aproximadamente $740.000), en la forma que determine la ley.
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