Subsidio de Cesantía: Revisa por cuánto tiempo recibes los pagos del beneficio
Las personas que actualmente se encuentran sin trabajo tienen derecho a acceder a una ayuda económica que entrega mensualmente el Subsidio de Cesantía.
Lo particular de este beneficio es que no solo brinda aportes monetarios, sino que también otorga asistencia médica gratuita en consultorios y hospitales, y otras ayudas sociales como la Asignación Familiar, Asignación Maternal y Asignación por muerte.
Cualquiera que se encuentre desempleado debe solicitar el subsidio en su institución previsional, ya sea en el Instituto de Previsión Social (IPS) o en la respectiva caja de compensación.
¿Qué requisitos debo cumplir?
Al Subsidio de Cesantía podrán acceder todas las personas cesantes que cumplan los siguientes requisitos:
- Tener, al menos, 12 meses (52 semanas) continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional afecto al sistema, dentro de los dos años anteriores a la fecha de cesantía.
- Estar inscritos en el registro de cesantía de la municipalidad que corresponda a su lugar de residencia.
- Estar inscritos en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
- Haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
- Haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2002 (si fue firmado después de esa fecha, el trabajador cesante puede acogerse al régimen del seguro de cesantía, pagado por la AFC).
- Cabe destacar que este subsidio es incompatible con el Seguro de Cesantía.
¿Por cuánto tiempo recibiré los montos?
Los montos del subsidio se otorgan por un periodo de 90 días, el cual se puede renovar hasta alcanzar un máximo de 360 días, siempre que el beneficiario continúe en situación de cesantía.
Actualmente, los montos vigentes son:
- En los primeros 90 días recibiré $17.338 por mes.
- Entre los 91 y los 180 días: $11.560 por mes.
- Entre los 181 y los 360 días: $8.669 por mes.
¿Cómo solicitar el Subsidio de Cesantía?
En detalle, se debe solicitar en la institución previsional que corresponda al trabajador subsidiado (IPS o caja de compensación).
La institución será la encargada de su pago, por mes vencido, desde la fecha de presentación de la solicitud hasta que se cumplan los 360 días.
Para solicitar el subsidio, el trabajador debe dirigirse a alguno de los siguientes lugares:
- Una oficina de ChileAtiende.
- La oficina de las Cajas de Compensación de Asignación Familiar (CCAF) a la que se encuentra afiliado su exempleador.
- En el caso de los empleados públicos, a su exservicio.
Allí, deberá llevar los siguientes documentos:
- Cédula de identidad.
- Formulario de solicitud de Subsidio de Cesantía, que se obtiene en oficinas ChileAtiende o en la Caja de Compensación que corresponda.
- Finiquito otorgado por el empleador. Puede ser, también: Copia de Avenimiento o Sentencia Judicial ejecutoriada, o el Acta de Comparecencia por denuncia en la Dirección del Trabajo.
- Certificado de cotizaciones previsionales del IPS o AFP, según corresponda.
- Certificado de inscripción en el registro de cesantía de la municipalidad (se deja una fotocopia en el expediente; es solamente para iniciar el trámite, pues la revisión mensual la hace el IPS).
Este subsidio se paga desde la fecha de presentación de la solicitud, siempre que se reúnan los requisitos para ello.
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