Nueva Constitución: ¿Cuándo se realizará el plebiscito de salida?
Este domingo 4 de julio comenzará a sesionar la Convención Constitucional, órgano redactor de la Nueva Constitución para la República de Chile.
Esta convención tiene como único objetivo escribir la nueva Carta Magna, por lo que su instalación no afectará las atribuciones de los demás órganos y poderes del Estado.
Los 155 convencionales constituyentes tendrán un plazo de nueve meses, el cual se puede prorrogar por tres meses más, para redactar el texto que busca ser la Nueva Constitución del país.
Cuando el texto ya esté redactado, el país vivirá un plebiscito de salida para aprobar o rechazar la nueva Carta Fundamental.
¿Cuándo se realizará el plebiscito de salida?
Cuando los constituyentes redacten la nueva Carta Magna, deberán entregar su propuesta al Presidente de la República, quien deberá convocar a un nuevo plebiscito de salida, a celebrarse 60 días después de publicada la convocatoria en el Diario Oficial.
Si se cumple el plazo de nueve meses para escribir la Nueva Constitución, el texto podría estar listo en abril de 2022. Por lo que 60 días después de eso, es decir, entre junio y julio 2022, se podría efectuar el plebiscito de salida.
En caso de que los constituyentes prorroguen en tres meses el plazo para la redacción de la Nueva Constitución, el texto podría estar listo, a más tardar, en julio de 2022. De ese modo, el plebiscito de salida podría efectuarse en septiembre del próximo año.
Cabe destacar que el plebiscito no podrá ser:
- Ni en enero ni en febrero.
- 60 días antes o después de otra elección popular.
¿Qué pasará con el resultado del plebiscito de salida?
Si gana el apruebo, el Presidente de la República deberá convocar al Congreso pleno para que, en un acto público y solemne, se promulgue y se jure la Nueva Constitución Política de la República.
Por el contrario, si gana el rechazo, continuará vigente en el país la actual Constitución de 1980.
¿Es obligatorio votar en el plebiscito de salida?
El sufragio en el plebiscito de salida para aprobar o rechazar el texto de la Nueva Constitución será obligatorio para quienes tengan domicilio electoral en Chile.
Las personas que no acudan a votar serán penalizados con una multa a beneficio municipal de 0,5 a 3 Unidades Tributarias Mensuales ($155.394).
Cabe destacar que la multa no se cursará cuando la persona no haya votado por alguna de las siguientes razones:
- Por enfermedad
- Por ausencia del país
- Por estar, el día del plebiscito, en un lugar situado a más de doscientos kilómetros de aquel en que se encontrare registrado su domicilio electoral
- Otro impedimento grave, debidamente comprobado ante el juez competente