Bono para Pymes y feriantes: Conoce la fecha de pago del aporte de $1 millón
Este jueves fueron publicadas en el Diario Oficial las leyes que establecen medidas tributarias y el bono de cargo fiscal de $1 millón para las micro y pequeñas empresas, además de los comerciantes de ferias libres.
Con esto, ahora solo resta que comience el proceso de solicitud del beneficio y los posteriores depósitos del dinero, cuyos plazos están determinados por las propias leyes recientemente publicadas.
¿Cuándo comienza el proceso de solicitud?
Considerando que la ley que estipula el denominado Bono de Alivio de $1 millón fue publicada este jueves 17 de junio, dentro de los siguientes 15 días se habilitará un banner especial en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII) para solicitar la bonificación.
Por ende, el proceso de solicitud debería comenzar el próximo jueves 1 de julio, como plazo máximo, pero no se descarta que inicie algunos días antes.
En la plataforma del SII, el solicitante deberá ingresar el RUT de su Pyme y clave, datos con los que el sistema verificará si cumple con los requisitos para recibir el dinero.
¿La fecha de pago cuándo es?
Bajo el supuesto de que el periodo de solicitudes parta el 1 de julio, la ley señala que en un plazo de 20 días corridos a contar desde la fecha en que se aprueba la solicitud, los beneficiarios recibirán los montos correspondientes.
Entonces, por ejemplo, los pagos serían emitidos a más tardar el miércoles 21 de julio, con la posibilidad de que sean entregados también días antes.
¿Qué requisitos debe cumplir mi Pyme para recibir el bono?
El Bono de Alivio consiste en $1.000.000 para todas las Pymes —sean personas naturales o jurídicas— que se encuentren o no exentas de pago de IVA, y cuyos ingresos anuales no hayan superado las 25 mil UF durante 2020, a no ser que se trate de microempresarios de ferias libres.
Para acceder a este pago, las Pymes interesadas deben cumplir al menos uno de los siguientes requisitos:
- Ingresos por ventas y servicios del giro de, al menos, dos meses, continuos o discontinuos, durante 2020 o 2021.
- Que hayan tenido contratado, a lo menos, un trabajador durante 2020, según información presentada al SII.
- Que corresponda a los rubros más golpeados por la pandemia: gastronomía, eventos, cultura, servicios de turismo, belleza y peluquerías, gimnasios, transportes escolares, jardines infantiles, ventas y mercados en ferias y ferias libres.
Para quienes califican en los rubros mencionados, los requisitos de ventas en 2020 o 2021, o el haber tenido un trabajador en 2020, no serán necesarios. Eso sí, los feriantes tendrán que tener su respectivo permiso municipal al día.
Bono adicional de hasta $2 millones e incentivo para mujeres
El Bono de Alivio contempla una segunda bonificación que recibirán las Pymes que deben pagar IVA. En ese sentido, obtendrán la devolución de tres meses del promedio fiscal de este impuesto declarado por las ventas y servicios por los 12 meses del año 2019, logrando un monto con tope máximo de $2.000.000.
Si el titular de una empresa individual de responsabilidad limitada es de sexo femenino, según el Registro Civil, tanto el Bono de Alivio como el Bono Adicional Variable aumentarán en un 20% su valor.