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Préstamo Solidario Clase Media: Revisa en qué meses puedes solicitar el beneficio

  • Por Meganoticias

Entre los beneficios que anunció el Gobierno para enfrentar la crisis socioeconómica del coronavirus está el Préstamo Solidario para Clase Media 2021, que consiste en un aporte que cubre hasta el 100% de la caída en ingresos, con un tope de $650.000

Se trata de un aporte destinado para el trabajador que sufrió una caída de al menos un 10% en sus ingresos o cuyo sueldo promedio mensual en 2019 fue igual o mayor a $298.833, sin tope máximo.

El préstamo puede ser solicitado en un máximo de tres ocasiones, pero si la persona fue beneficiada con el Bono Clase Media solo podrá pedirlo hasta en dos oportunidades. Asimismo, la postulación se realiza con la Clave Única o Clave Tributaria el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII). 

¿En qué meses puedo solicitar el Préstamo Solidario?

Las postulaciones a este beneficio están disponibles a partir del octavo día de cada mes y se realizan en meses distintos, continuos o discontinuos.

Dado que el sábado 8 de mayo comenzó el proceso de solicitud para el pago correspondiente a este mes, quienes lo pidieron aquel día lo pueden volver a solicitar en una o dos oportunidades más, dependiendo de si obtuvieron el Bono Clase Media.

En ese sentido, la persona puede realizar la o las solicitudes en junio, julio, agosto, septiembre y hasta el 31 de octubre, fecha en que finaliza el proceso.

Si aún no ha realizado alguna solicitud y pretenda postular al máximo de tres cuotas mensuales, la persona tiene plazo máximo para hacerlo a partir de agosto, dado que no es posible solicitarlas todas en un mismo mes.

¿Cuánto se demora el pago del beneficio?

La Tesorería General de la República tiene un plazo de 10 días hábiles, contados desde la fecha de la solicitud, para otorgar el Préstamo Solidario.

De ese modo, quienes solicitaron el crédito el sábado 8 de mayo, pueden recibir el dinero, a más tardar, el lunes 24 de mayo.

El monto se entregará al beneficiario según los datos de pago indicados en su postulación, los cuales pueden ser: transferencia bancaria en una cuenta personal o pago por caja en Banco Estado.

¿Cómo se devuelve el préstamo?

El beneficio tendrá un año de gracia y se devolverá en cuatro cuotas anuales y sucesivas (a partir de 2023), sin multas ni intereses, que no excederán el 5% de los ingresos anuales. La primera cuota corresponderá al 10% del monto total y las siguientes tres cuotas, al 30%.

En el caso de los pensionados, el préstamo deberá ser devuelto a la Tesorería General de la República en 48 cuotas mensuales, iguales y sucesivas, expresadas en UF, sin multas ni intereses.

Respecto a pensionados de rentas vitalicias, la Aseguradora de Fondos de Pensión o el organismo pagador deberá retener del monto de esta renta el valor de la cuota correspondiente.

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