Asignación Maternal: Revisa el monto mensual que puedes recibir
Para ayudar a las mujeres durante su embarazo, el Estado entrega el subsidio de Asignación Maternal.
Este aporte se puede solicitar desde el quinto mes de embarazo en adelante y se pagará de manera retroactiva por todo el periodo de gestación.
Al beneficio, pueden postular tanto las trabajadoras embarazadas y los trabajadores cuyas cónyuges embarazadas sean causantes de asignación familiar.
¿Cuál es el monto del subsidio?
El monto a recibir por la Asignación Maternal va desde los $2.599 hasta los $13.401 mensuales, según información del Instituto de Previsión Social (IPS).
El aporte que recibirá la trabajadora o trabajador beneficiado, variará según su nivel de ingresos.
Revisa el detalle:
¿Quiénes pueden postular?
Al subsidio de Asignación Maternal pueden postular las siguientes personas:
- Trabajadoras embarazadas dependientes o independientes afiliadas a un régimen de previsión y en goce de subsidio de cualquier naturaleza (exceptuando el subsidio maternal o familiar).
- Los trabajadores respecto de sus cónyuges embarazadas y causantes de Asignación Familiar de trabajadores dependientes, independientes y en goce de subsidio de cualquier naturaleza.
¿Dónde se solicita?
El beneficio se puede solicitar desde el quinto mes de embarazo en un Centro de Atención IPS-ChileAtiende.
Las trabajadoras deben presentar los siguientes documentos:
- Cédula de identidad (vigente) nacional o emitida para extranjeros residentes en Chile.
- Poder notarial simple, si el trámite es realizado por un apoderado.
- Certificado médico que acredite el quinto mes de embarazo y que sea emitido por el Servicio de Salud Pública o por un facultativo privado (médico o matrona). El certificado debe estar visado por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).
En caso de ser carga del trabajador se requiere presentar:
- Autorización de carga familiar del trabajador.
- Certificado médico que acredite el quinto mes de embarazo emitido por el Servicio de Salud Pública o por un facultativo privado. Debe estar visado por la COMPIN.
Para evitar que se acuda al COMPIN, desde el IPS señalaron que, debido a la pandemia, se autoriza acreditar cargas maternales con el certificado del quinto mes de embarazo y sin el timbre correspondiente.
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