Préstamo Solidario Clase Media: Conoce desde cuándo se puede postular
Para enfrentar los efectos económicos provocados por la pandemia, el Gobierno ofrecerá el Préstamo Solidario Clase Media 2021.
Este crédito ofrece un aporte monetario a quienes hayan visto una baja de al menos el 10% de sus ingresos formales.
El préstamo permite cubrir hasta el 100% de la caída de los ingresos, con un tope de $650.000 mensuales y podrá ser solicitado hasta en tres oportunidades.
¿Quiénes pueden postular el préstamo?
A este crédito pueden postular:
- Trabajadores dependientes e independientes y empresarios individuales, que hayan experimentado una disminución de, al menos un 10%, en sus ingresos formales entre el segundo semestre de 2019 y el segundo semestre de 2020.
- Pensionados de vejez e invalidez de renta vitalicia con un monto igual o inferior a $408.125.
- En el caso de funcionarios públicos, se considerará su ingreso promedio anualizado para la estimación de la caída de este.
¿Cuándo se abrirán las postulaciones?
Las postulaciones para optar al Préstamo Solidario para la Clase Media se abren realizan el octavo día de cada mes, por lo que el próximo sábado 8 de mayo debe iniciar el proceso.
La solicitud se podrá realizar a través de un sitio web que será habilitado por el Servicio de Impuestos Internos (SII).
El usuario podrá ingresar al sitio usando su RUT y clave de acceso del SII o Clave Única, sin tener que adjuntar ningún documento.
¿Cuántas veces se puede postular?
Los trabajadores que tengan una caída salarial podrán pedir el crédito dos veces y, en caso de no haber recibido el Bono Clase Media, se podrá pedir una tercera vez.
En el caso de los pensionados, ellos podrán pedir tres veces el crédito y se les otorgará, como máximo, el mismo monto que reciben como pensión.
En cuanto a la devolución de este crédito estatal, el Préstamo Solidario 2021 tendrá un año de gracia y se pagará a partir de 2023 en cuatro cuotas anuales y sucesivas.
Estas cuotas no tendrán multas ni intereses y tampoco excederán el 5% de los ingresos anuales del beneficiario. La primera cuota corresponderá al 10% del monto total y las siguientes tres cuotas, al 30%.
En el caso específico de los pensionados, deberán devolver el dinero en 48 cuotas mensuales, las cuales no podrán exceder el 5% del monto de la pensión y tampoco tendrán multas ni intereses.
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