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Subsidio Clase Media para la Compra de Vivienda: Quiénes pueden recibir el beneficio

  • Por Meganoticias

Uno de los beneficios que dispone el Estado para ayudar a la Clase Media del país es el Subsidio para la Compra de Vivienda, que consiste en una ayuda económica para que las familias no propietarias puedan adquirir un hogar nuevo o antes habitado.

El monto a entregar está definido por tres tramos y cada uno de ellos exige un ahorro mínimo. Además, la cifra también está supeditada a la ubicación geográfica de la vivienda a la que se desea acceder y el precio máximo de la misma.

¿Quiénes pueden recibir el beneficio?

El aporte está destinado a personas mayores de 18 años que, según el Registro Social de Hogares, tienen una calificación socioeconómica entre el 60%, 80% y 90%, dependiendo del tramo de subsidios al que desean postular. Los interesados no deben ser propietarios de una vivienda para acceder al beneficio.

¿Cuándo comienzan las postulaciones?

El primer llamado a postular comienza el próximo mes de mayo, por lo que la fecha precisa será anunciada en los próximos días. De todos modos, el llamado es a estar atento a la publicación de esta información, ya que los cupos son limitados.

Se debe tener en cuenta que el postulante debe contar con un ahorro mínimo para optar a un subsidio. Por ejemplo, el Tramo I exige un ahorro de 30 UF ($882.707); el Tramo II, 40 UF ($1.176.943); y el Tramo III, 80 UF ($2.353.886).

¿Cuáles son los requisitos?

Todo aquel que desee postular al Subsidio Clase Media para Compra de Viviendas debe cumplir, además, los siguientes requisitos:

  • Acreditar una cuenta de ahorro para la vivienda con una antigüedad mínima de un año.
  • Demostrar que el ahorro exigido esté depositado en la cuenta para la vivienda.
  • En el caso de los adultos mayores, podrán pertenecer hasta el tramo del 90% según RSH, independiente del Título y tramo al que postulen.
  • Para los Tramos II y III, se deberá contar adicionalmente con una preaprobación de crédito hipotecario.

El beneficio también considera las postulaciones colectivas, por lo que el grupo interesado debe:

  • Tener un mínimo de 10 integrantes.
  • Postular a través de una entidad patrocinante.
  • Contar con un proyecto habitacional aprobado por el Servicio de Vivienda y Urbanismo.

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