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Nuevas medidas restrictivas en Cuarentena: ¿Cuáles son los trabajos considerados esenciales?

  • Por Meganoticias

Durante la jornada de este jueves 1 de abril, el Minsal anunció nuevas medidas restrictivas inmersas en el Plan Paso a Paso, debido al aumento de los casos de contagio por coronavirus en el territorio nacional.

Además, de informar que se adelanta el toque de queda, las autoridades señalaron que se limitan las funciones consideradas como esenciales.

Limitación de funciones esenciales

En este sentido, la subsecretaria de Prevención del Delito, Katherine Martorell sostuvo: "Se limita y se redefine qué se entiende por funcionario esencial. Esto no es solamente para el sector privado, sino también para el público".

"Un funcionario esencial es aquel prestador de servicio y/o trabajador de una institución pública o privada que se desempeña en una actividad propia del giro, pero que realiza labores operativas, logísticas, productivas, de mantención de sistema, seguridad, limpieza y sanitización", precisó Martorell.

La funcionaria insistió que "quedan expresamente fuera aquellas personas que realizan labores administrativas, contables, financieras, de asesoría y consultoría (...). Es decir, no se puede solicitar permiso único o colectivo para estas personas".

Permiso Único Colectivo

En lo que respecta al Permiso Único Colectivo, la subsecretaria señaló que al momento de solicitarlo "es una obligación de cada empresa declarar cuántos trabajadores tiene y a cuántos de ellos les está solicitando el permiso".

Además, destacó que es de importancia que se precise la labor o tarea que desempeñan los empleados.

Por otra parte, manifestó que se limitan los permiso de desplazamiento individual, eso significa que solo se pueden utilizar en las comunas de cuarentena un permiso el fin de semana.

¿Cuáles son los trabajos esenciales?

Servicios de Utilidad Pública

  • Personal de suministro de energía y de las centrales de operaciones.
  • Personal de suministro de agua potable, centrales de operaciones, tratamiento de aguas servidas y riles.
  • Personal de suministro de gas y centrales de operaciones.
  • Funcionarios de las estaciones de servicio y distribuidoras de combustible.
  • Personal que cumple labores esenciales para el funcionamiento de las autopistas.
  • Personal de empresas que presten servicios para el mantenimiento, reparación y funcionamiento de sistemas informáticos y/o tecnológicos
  • Personal que trabaja en reactores nucleares.
  • Personal de bancos e instituciones financieras o que entreguen servicios financieros
  • Personal de Isapres, AFP´s y del Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión.
  • Personal de servicios funerarios, cementerios y contratistas de las mismas.
  • Trabajadores de empresas recolectoras de basura, de transporte de residuos y materiales reciclables.
  • Prestadores de servicios en empresas de correos.
  • Personal esencial de las Notarías.
  • Personal esencial para la facilitación del comercio exterior del país, entendiendo por tales a los agentes de aduanas y sus auxiliares.
  • Personal que preste servicios para la construcción, mantenimiento, reparación y funcionamiento de infraestructura pública, tales como edificios públicos, aeropuertos, puertos, carreteras, hospitales, ríos, canales, embalses, cárceles u otros y aquellos que presten servicios de construcción privada que cuenten con transporte privado y se hayan acogido al Plan Piloto de la Cámara Chilena de la Construcción. En este último caso, el Ministerio de Economía, elaborará y enviará el listado de las empresas que cumplan con dichos requisitos y sus actualizaciones.
  • Personal que preste servicios destinados a la producción, elaboración y entrega de alimentos a instituciones públicas y a aquellas que prestan servicios para las mismas.
  • Personal esencial para la mantención y reparación de ascensores.
  • Cuadrillas de respuesta a emergencias de empresas de transporte, distribución de gas, empresas de transmisión y distribución de electricidad, telecomunicaciones, agua potable, saneamiento y control de plagas.
  • Trabajadores esenciales para el funcionamiento de empresas mineras, proveedores y contratistas de las mismas.
  • Personal de servicios veterinarios y aquel que preste servicios para el cuidado animal
  • Personas que presten servicios en hoteles con huéspedes.
  • Plantas de revisión técnicas.
  • Personal de cuadrillas de servicio post venta de empresas de construcción de inmuebles de uso residencial.
  • Personal de mantenimiento que se desempeña en talleres de reparación de bicicletas.
  • Personal de empresas dedicadas al almacenamiento, distribución y comercialización de partes, piezas y accesorios para el transporte de carga, pasajeros y automotriz.

Seguridad

  • Conserjes y funcionarios de seguridad ya sean de edificios, condominios y otro tipo de propiedades.
  • Empresas de seguridad, recursos tecnológicos para la seguridad y relacionadas.

Prensa

  • Periodistas y miembros de los medios de comunicación (canales de TV, prensa escrita, radio y medios de comunicación online).

Alimentos y comercio de bienes esenciales de uso doméstico

  • Personas que presten servicios en supermercados, panaderías, mercados, centros de abastecimiento, distribución, producción y expendio de alimentos, cocinas de restaurantes para delivery y los que provean los insumos y servicios logísticos para ellos.
  • Personas que presten servicios a entidades que se dediquen a la producción, distribución o comercio de bienes esenciales para uso doméstico y las dedicadas a la producción de insumos para su almacenamiento y conservación.
  • Trabajadores de almacenes de barrio, locales de expendio de alimentos, ferreterías y otros insumos básicos.
  • Personal de empresas de agro alimentos y productores silvoagropecuarios
  • Personal que cumpla funciones de despacho de bienes esenciales de uso doméstico en centros de distribución, bodegas y/o tiendas habilitadas para estos efectos.

Educación

  • Profesores, Asistentes de la educación, Educadores de Párvulos, Manipuladores de Alimentos de JUNAEB y Administrativos de establecimientos educacionales
  • Profesores, docentes, directivos, administrativos y personal de apoyo a la docencia e investigación de las Instituciones de Educación Superior
  • Estudiantes de doctorado e investigadores de postdoctorado
  • Personal de la Fundación Integra y de sus centros de distribución, con objetivo de dar continuidad al despacho de equipamiento, insumos, material pedagógico, entre otros, que sean necesarios para los establecimientos educacionales asociados.

Servicio Público

  • Funcionarios y servidores públicos municipales, incluyendo a los concejales.
  • Funcionarios y servidores públicos de Gobiernos Regionales, incluyendo a consejeros regionales.
  • Autoridades de Gobierno, funcionarios de los ministerios y de los servicios públicos centralizados y descentralizados.
  • Los funcionarios del Ministerio Público, Contraloría General de la República, Banco Central,
  • Servicio Electoral, Instituto Nacional de Derechos Humanos y Defensoría de la Niñez.

Equipos de campaña de candidatos a elecciones de concejales, alcaldes, convencionales constituyentes y gobernadores regionales

  • Los candidatos a concejales, alcaldes, convencionales constituyentes y gobernadores regionales cuya inscripción haya sido aceptada por el Servicio Electoral, que deban visitar comunas dentro del territorio por el cual postulan y que se encuentren en cuarentena, ya sea porque están en Paso 1 (Cuarentena) o en Paso 2 (Transición), podrán solicitar permisos únicos colectivos para un máximo de 3 personas, los que podrán ser obtenidos en www.comisariavirtual.cl. Este permiso deberá ser usado solamente para funciones afines a la candidatura, para el acompañamiento y apoyo del candidato respectivo y exclusivamente en las zonas por las que éste postule.
  • Este permiso único colectivo, en específico, no habilitará, en ningún caso, para el desplazamiento interregional ni en horario de toque de queda.
  • En ningún caso podrá hacer uso de este permiso una persona que se encuentre en los registros de COVID19 activos que mantiene la autoridad sanitaria ni aquellas personas sujetas a medidas de aislamiento obligatorio en virtud de la Resolución Exenta N°591 de 2020 y sus modificaciones posteriores.
  • Los candidatos podrán solicitar este permiso desde el día 11 de febrero de 2021 hasta 72 horas antes de la elección.

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