AFP Capital: Este es el sitio oficial para solicitar el segundo retiro del 10% de fondos
Este jueves 10 de diciembre comienza el periodo de solicitud para el segundo retiro del 10% de los fondos previsionales, luego de la promulgación de la ley impulsada por el Gobierno.
Este retiro lo podrán solicitar todos los afiliados que tengan saldo en sus cuentas individuales y podrán solicitar hasta 4,3 millones de pesos como tope máximo, mientras que el mínimo será de 35 UF, cerca de un millón de pesos. En caso de que el solicitante tenga menos de último monto, se le permitirá sacar la totalidad de sus fondos.
De acuerdo a información entregada por las autoridades, los pagos comenzarían el próximo 17 de diciembre y se espera que cerca del 50% de los usuarios que hagan la solicitud en el primer día, tengan el dinero depositado antes del 24 de diciembre.
AFP Capital
Ante la promulgación de la ley, desde la AFP Capital informaron que el sitio web "Retiro AFP Capital" (ingresa acá) estará habilitado para que los usuarios soliciten el segundo retiro a partir de este jueves.
No necesitarás salir de casa. A partir del jueves 10 de diciembre, desde las 08:00 am podrás realizar el trámite del 2do Retiro de tu 10%, de forma fácil y segura desde https://t.co/5yAVa24KcW pic.twitter.com/xjAro3nWtS
— AFP Capital (@AFP_Capital) December 9, 2020
Pago de impuestos y pensión de alimentos
Deberán pagar impuestos las personas que soliciten el retiro del 10% y tengan una renta mensual superior a los 1,5 millones de pesos. Este gravamen se aplicará en abril del próximo año si se hace la solicitud durante diciembre, pero si el retiro se efectúa desde 2021, el pago de impuestos se hará en la operación renta de 2022.
Sobre la retención del pago de pensiones alimenticias, se aclaró que "para que las AFP retengan el retiro de fondos, no basta con la solicitud del demandante por pensión de alimentos".
Para ello, la administradoras deben recibir de parte del Poder Judicial una liquidación de deuda por pensión de alimentos y su respectiva sentencia para retener el monto del retiro y debiendo pagar a quien señale el Tribunal.
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