¿Eres vocal de mesa en las Primarias? Revisa si fuiste elegido y hasta cuándo puedes excusarte
A fines de este mes de noviembre se realizarán las Elecciones Primarias para alcaldes y gobernadores regionales, y a pocos días de la elección el Servicio Electoral (Servel) publicó la lista de vocales de mesa que deberán cumplir con su deber en este día.
La elección está programada para el próximo domingo 29 de noviembre, y según disposición del Servel las mesas funcionarán entre las 8.00 y 18.00 horas, a menos que llegada la hora de cierre hubiese electores esperando por votar.
Al igual que en el Plebiscito Nacional, las personas pueden consultar si fueron convocados para esta jornada de votaciones como vocal, ingresando al sitio web del Servel y dirigirse a la sección de Consulta de Datos Electorales.
En la plataforma se debe digitar el RUT, sin puntos y con guion, tras lo cual se desplegará una lista con todos los datos personales, incluyendo si se fue o no convocado para ejercer como vocal en las Primarias 2020.
¿Cuándo se podrán excusar los vocales?
El período para presentar excusas concluye este miércoles 11 de noviembre. Durante este plazo se podrán presentar los documentos para acreditar una de las causales de exclusión.
Tras este proceso, el día sábado 14 de noviembre, las Juntas Electorales publicarán las nóminas de los vocales de mesa convocados como reemplazantes, quienes no tendrán la opción de excusarse de realizar esta labor.
Las apelaciones se deben presentar ante la Junta Electoral de manera presencial o vía virtual.
Encuentra aquí dónde debes presentar tus excusas: https://servel.cl/juntas-electorales/
Estas son las causales de exclusión
Según la Ley estas son las causales que pueden excluir a una persona de ser vocal.
- Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kms. o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral.
- Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las mesas, otras funciones que encomiende esta ley.
- Tener más de 60 años de edad.
- Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
- Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.
- Mujeres embarazadas, durante todo el período de gestación.
- Desempeñarse como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM).
- Las excusas se deben presentar ante el Secretario de la Junta Electoral que lo designó Vocal de Mesa, invocando alguna de las causales de inhabilidad contempladas en los Art. 45 y 49 de la Ley N° 18.700.
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