Sexta entrega del Ingreso Familiar de Emergencia: Las fechas más importantes del pago
Desde el jueves pasado comenzó a entregarse el sexto pago del Ingreso Familiar de Emergencia, beneficio que está dirigido a las personas que vieron reducidos sus ingresos debido a la pandemia de coronavirus.
Pese a que muchos ya recibieron el monto en su cuenta RUT, existen varios días para cobrar ese dinero. Más aún si se considera que algunos lo hacen en su cuenta corriente y otros en forma presencial.
Desde el sitio ChileAtiende, por ejemplo, se entregaron las fechas para recibir las cuotas pendientes.
Fechas claves del proceso
- Transferencia a cuenta RUT: Del 29 de octubre al 4 de noviembre
- Pago presencial: Del 2 al 23 de noviembre
- Depósitos en cuentas de otros bancos: 4 de noviembre
- Pagos pendientes de aportes anteriores: del 29 de octubre al 3 de noviembre
🔴¡Atención!🔴 #FelizJueves
— ChileAtiende Oficial (@ChileAtiende) October 29, 2020
Hoy comenzaron los pagos del 6º aporte del #IngresoFamiliarDeEmergencia 👨👨👦👦💰 y pagos pendientes.
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¿Cuál es el monto del sexto pago?
De acuerdo a lo anunciado por el Gobierno, el sexto pago del IFE asciende a $55.000. Por lo tanto, un grupo familiar de cuatro integrantes recibirá un total de $220.000.
¿Cómo saber si me corresponde el sexto pago?
Para revisar si te corresponde el beneficio, debes verificar si perteneces a uno de estos tres grupos:
Primer grupo
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Hogares en que todos los integrantes mayores de edad no tengan ingresos formales y que tengan Registro Social de Hogares.
Segundo grupo
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Hogares en que sus integrantes mayores de edad perciban ingresos principalmente informales, y sus ingresos formales no superan el aporte que recibirían si estuviera en el primer grupo. Deben tener Registro Social de Hogares.
Tercer grupo
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Hogares que tengan Registro Social de Hogares y en que al menos uno de sus integrantes debe: Tener 65 años o más de edad y ser beneficiario de la Pensión Básica Solidaria de Vejez.
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Ser beneficiario de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez.
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Ser beneficiario del Aporte Previsional Solidario (APS), siempre que la pensión completa que reciban (incluyendo el APS), sea igual o inferior a lo que reciben los beneficiarios de PBSV del mismo tramo de edad.
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