Bono por Hijo: Revisa cómo acceder a este beneficio
Entre los beneficios que otorga el Gobierno a la ciudadanía, además de la oferta de bonos y préstamos en el contexto de pandemia por el coronavirus, existen otros aportes que se mantienen vigentes para ser entregados a sus beneficiarios.
Uno de ellos es el Bono por Hijo, un aporte que se entrega de manera exclusivo a las mujeres que son madres o que tienen hijos a su cuidado.
Este beneficio especial no se paga al momento del nacimiento del hijo, sino que una vez que la mujer beneficiaria cumple los 65 años y se pensiona.
¿Quiénes tienen derecho a cobrar el Bono?
Podrán acceder a este bono aquellas mujeres que hayan cumplido los 65 años y que tengan residencia en Chile al menos los últimos 20 años.
Las mujeres que podrán solicitar el aporte son:
- Mujeres afiliadas a una AFP.
- Mujeres beneficiarias de una Pensión Básica Solidaria.
- Mujeres que, sin estar afiliada a un régimen previsional, perciben una pensión de sobrevivencia y tengan derecho a Aporte Previsional Solidario (APS).
¿Cómo se calcula el aporte?
De dos formas:
- Si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente en julio de 2009 ($159 mil). La tasa de rentabilidad se aplicará desde el 1 de julio de 2009 hasta el mes en que la mujer cumpla los 65 años de edad.
- Si el hijo nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes en que nació el hijo. Además, se le aplicará la tasa de rentabilidad (equivalente a la rentabilidad nominal anual promedio de los Fondos tipo C, descontadas las comisiones de las AFP) por cada mes completo, contando desde el nacimiento del hijo y hasta el mes en que la mujer cumpla 65 años.
¿Cómo se solicita el beneficio?
Se puede realizar el trámite en oficinas de la institución previsional a la que está afiliada (AFP) o en un punto de atención IPS-ChileAtiende, pero debido a la emergencia que vive el país se recomienda realizar la solicitud de forma online a través del sitio web del IPS ingresando la Clave Única de la beneficiaria.
Luego de realizar el trámite, el Instituto de Previsión Social (IPS) emitirá una resolución que concede o rechaza el beneficio. Ésta deberá ser retirada en persona o por un representante legal en los puntos de atención IPS-ChileAtiende.
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