Retiro de 10% de AFP: ¿Qué pasa con los deudores de pensión alimenticia?
El retiro del 10% de los fondos de AFP ya es casi una realidad y solo falta su publicación en el Diario Oficial para que se abra el proceso de solicitudes de los montos.
Según instruyó la Superintendencia de Pensiones a las gerencias de las AFP, el proceso de devolución debe realizarse de manera expedita, simple y bajo plazos establecidos para entregar la primera y segunda cuota del monto que retirarán los cotizantes.
La autoridad explica que los fondos retirados se considerarán inembargables para todo efecto legal y no serán objeto de retención, descuento, compensación legal o contractual, embargo o cualquier forma de afectación judicial o administrativa.
Tampoco tendrán retención de impuestos, salvo en casos excepcionales de pensión alimenticia.
¿Qué pasa con quienes deben la pensión?
Para aquellas personas deudoras de pensión alimenticia, una cantidad del monto que obtengan podría ser retenida. Si bien el proyecto no especifica cuál es el porcentaje, sí existe este caso excepcional, de acuerdo a lo aprobado en el Senado, y como también informa la Superintendencia.
✅ Aprobado. Adicionalmente, se acaba de aprobar, por 29 votos a favor y 14 en contra, el siguiente inciso. pic.twitter.com/oZZYVchSfV
— Senado Chile (@Senado_Chile) July 23, 2020
Según el diputado Gabriel Boric, para hacer efectiva la pensión alimenticia si es que deudor retira su 10% de la AFP "es necesario tener judicializada la pensión y solicitar apremio en procedimiento de cobranza que se tramita en Tribunales de Familia".
Para hacer efectiva pensión alimenticia si es que deudor retira el 10% es necesario tener judicializada la pensión y solicitar apremio en procedimiento de cobranza que se tramita en Trib de Familia. Recomendable desde ya solicitar certificación deuda. Que no se hagan los giles 😡
— Gabriel Boric Font (@GabrielBoric) July 24, 2020
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