Ingreso Mínimo Garantizado: ¿Puedo acceder al beneficio si me acogí a la Ley de Protección al Empleo?
Este viernes 29 de mayo comenzó el pago del Subsidio al Ingreso Mínimo Garantizado para los primeros trabajadores que hicieron su postulación hasta el 12 de mayo.
Este beneficio entrega un aporte de hasta 59 mil pesos, para aquellos trabajadores cuya remuneración es inferior a los 300 mil pesos. Este subsidio se entrega de acuerdo al sueldo bruto del postulante para cubrir el saldo restante para alcanzar este piso mínimo de salario mensual.
Según datos del Gobierno, el monto promedio del subsidio para este primera entrega será de $29.203. Los próximos pagos serán en el mes de junio.
¿Qué pasa si me acogí a la Ley de Protección al Empleo?
Según confirmó el Presidente Piñera, las personas que se hayan acogido a la Ley de Protección al Empleo, también podrán solicitar el pago del Ingreso Mínimo Garantizado.
Ambos beneficios no son excluyentes entre sí, por lo que quienes en un futuro se acojan a la Ley, también podrán realizar el trámite para solicitar el subsidio.
Para acceder a este beneficio se debe postular a través del sitio web https://www.ingresominimo.cl/, ingresando solo con los datos personales y completando un formulario online.
Requisitos para acceder al beneficio:
- Ser trabajador dependiente.
- Tener un contrato acogido al Código del trabajo.
- Tener un sueldo bruto menor a $384.363.
- Tener una jornada ordinaria superior a 30 horas y hasta 45 horas semanales.
- Pertenecer a un hogar del 90% más vulnerable de la población según el Registro Social de Hogares (RSH).
¿Cuáles son las fechas de pago?
Si el postulante efectuó la postulación antes del 12 de mayo y calificó para obtener el subsidio, recibirá el primer pago a finales de este mes de mayo.
En cambio, si la solicitud se realizó entre el 13 y el 31 de mayo el pago se emitirá dentro de los últimos 5 días hábiles de Junio.