Ley Fogape: En qué consiste y cúales empresas pueden postular al beneficio
El Presidente Sebastián Piñera presnetó la Ley Fogape que permitirá a la banca entregar recursos a las Pymes de Chile en condiciones preferentes para que puedan levantarse y hacer frente a la crisis derivada del brote de Covid 19.
El Fondo de Garantía para el Pequeño Empresario (Fogape) facilita el acceso a distintos tipos de financiamientos y/o Leasing, otorgándole una garantía estatal a la empresa, para respaldar dichas deudas. Está dirigido a Personas Naturales con Giro Comercial o Jurídicas que no cuenten con garantías hipotecarias o prendarias, suficientes, para dejar en garantía.
Hoy el Presidente @sebastianpinera promulgó la Ley #Fogape que permitirá a la banca entregar recursos a las Pymes de 🇨🇱 en condiciones preferentes para que puedan levantarse y hacer frente a la crisis derivada del #COVIDー19 #PlanEconómicoDeEmergencia pic.twitter.com/qfzjg27jnQ
— Subsecretaría de Hacienda (@SubseHacienda) April 28, 2020
Características y Condiciones
- Para empresas con ventas anuales no superiores a UF 25.000.
- Cobertura hasta el 80% del financiamiento, para montos hasta UF 3.000.
- Cobertura hasta el 50% del financiamiento, para montos desde UF 3.000 y hasta UF 5.000.
- Tope financiamientos de hasta UF 5.000 en todo el sistema financiero.
- Plazo máximo de financiamientos hasta 10 años.
- Operaciones en pesos, dólares, Euros o UF.
- Acompaña financiamientos de Créditos, Líneas de Sobregiro, Boletas de Garantías, Líneas de Factoring, Leasing, PAE, Venta Contado y Cartas de Crédito de Importación.
- Pago de Comisión según tarificación del Fondo FOGAPE.
Beneficios
- Obtiene respaldo para sus financiamientos cuando no cuente con garantías suficientes.
- Mejora su posición de riesgo para obtener financiamientos en mejores condiciones.
- FOGAPE le ayuda a obtener financiamiento para sus necesidades de Capital de Trabajo o Inversión.
- Le permite acceder a calendarios de pagos altamente convenientes y flexibles.
Requisitos
- Ser persona natural con giro comercial o jurídica que desarrolle actividades empresariales, ya sean productivas o de servicios, con la debida formalidad tributaria.
- Tener ventas anuales en los últimos 12 meses por hasta UF 25.000.
- Destinar los financiamientos otorgados a las actividades de la empresa.
- Sin protestos ni morosidades vigentes. Tener o abrir Cuenta Corriente en BancoEstado.
- Tener evaluación previa de financiamientos, sujeta a políticas de BancoEstado.
- No tener deuda en garantías pagadas con anterioridad por FOGAPE.
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