Acreencias Bancarias: Revisa si tienes dinero por cobrar en alguna entidad
A partir de marzo las entidades bancarias comienzan a publicar la lista de acreencias que acumulan de años anteriores. Esto corresponde a montos que durante un plazo no tuvieron movimiento alguno en los bancos y quedan a la espera de ser retirados por sus dueños.
Según indica la Ley, transcurridos dos años, durante el mes de enero más próximo los bancos deben elaborar una lista de acreedores y el monto que les corresponde. Luego, las acreencias que excedan individualmente el equivalente de cinco Unidades de Fomento UF ($142 mil) deberán publicarse en el Diaro Oficial durante un día del mes de marzo.
¿Qué pasa si no cobro el dinero?
Transcurridos tres años desde el mes de enero en que corresponda formar la lista, la acreencia correspondiente caducará y se extinguirán todos los derechos del titular, debiendo la institución financiera entregar los fondos a Tesorería Regional o Provincial.
Para evitar perder su dinero, el titular tiene el plazo de tres años para acercarse al banco a regularizar su situación y recibir el dinero de las acreencias bancarias.
Pese a esto, hay ciertos fondos que no tienen fecha de caducidad (es decir, siempre siguen a nombre de sus dueños y no pasan al Estado).
¿Cuáles casos no aplican?
- Depósitos y captaciones a plazo indefinido o con cláusula de renovación automática.
- Boletas o depósitos de garantía sin fecha de vencimiento.
- Sumas recibidas por cheques viajeros, y en los casos en que haya retención, prenda o embargo sobre los dineros correspondientes.
¿Cómo consultar si tengo montos pendientes?
Cualquier persona natural puede consultar si es que cuenta con Acreencias Bancarias. Para revisar si hay montos no cobrados se debe ingresar al sitio web acreencias.clientebancario.cl e ingresar el nombre completo del interesado.
La información se irá actualizando durante este mes, cuando cada entidad bancaria haga pública la lista de acreencias que acumula.
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