Fiestas Patrias: Solo 18 y 19 de septiembre son feriados irrenunciables
Las Fiestas Patrias se acercan a pasos agigantados y con ello una de las fechas más esperadas por los chilenos, gracias a que 2019 habrán cinco días consecutivos de celebración: desde el martes 18 hasta el domingo 22 de septiembre. Sin embargo, aún entre varios está la interrogante de cuáles son las jornadas irrenunciables decretadas por ley.
De acuerdo al artículo 2° de la Ley 19.973, promulgada en 2004 por el expresidente Ricardo Lagos, y cuya última versión es de 2016 durante el periodo de Michelle Bachelet, "los días 1 de mayo, 18 y 19 de septiembre, 25 de diciembre y 1 de enero de cada año, serán feriados obligatorios e irrenunciables para todos los dependientes del comercio".
¿Para quiénes no aplica el feriado irrenunciable?
Sin embargo, la normativa hace excepción con aquellos trabajadores "que se desempeñen en clubes, restaurantes, establecimientos de entretenimiento, tales como, cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabarets, locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos, casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados".
"Tampoco será aplicable a los dependientes de expendio de combustibles, farmacias de urgencia y de las farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria. Las tiendas de conveniencia asociadas a establecimientos de venta de combustibles podrán atender público en la medida que coexista la actividad de venta directa de los productos que allí se ofrecen, con la elaboración y venta de alimentos preparados, que pueden ser consumidos por el cliente en el propio local", indica la Ley.
¿Cuándo pueden tener feriado irrenunciable estos trabajadores?
La normativa es enfática en señalar que "los trabajadores que, conforme a lo dispuesto en el inciso anterior, se encuentran exceptuados de los descansos allí señalados, tendrán derecho a los mismos, a lo menos, una vez cada dos años respecto de un mismo empleador, pudiendo pactar con este la rotación del personal necesario para este fin". (Puedes revisar en detalle el artículo 2° de la Ley 19.973 al final de la nota)
¿Es feriado el 20 de septiembre?
Ley 20.215, promulgada el 10 de septiembre de 2017 bajo la presidencia de Michelle Bachelet, indica que "en cada año calendario que los días 18 y 19 de septiembre sean días martes y miércoles, respectivamente, o miércoles y jueves, respectivamente será feriado el día lunes 17 o el día viernes 20 de dicho mes, según el caso".
Por ende, y como esta situación ocurre en 2019, el día 20 de septiembre si se considera como feriado, aunque no es irrenunciable.
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