Asignación maternal 2019: Conoce el monto del beneficio para mujeres embarazadas
Para mujeres trabajadoras que se encuentren embarazadas, o mujeres que estén en esta condición y sean cónyuges de hombres trabajadores, el Gobierno entrega un beneficio en dinero para ayudar a las familias a cubrir diversos gastos durante el período de gestación. Se trata de la Asignación Maternal, beneficio que comienza a pagarse desde el quinto mes de embarazo.
La bonificación está destinada a mujeres a trabajadoras embarazadas dependientes o independientes, pero también a cónyuges embarazadas de empelados que sean causantes de Asignación Familiar u otros beneficios del Estado.
Aunque el pago comienza en el quinto mes es retroactivo y cubre la totalidad de los meses de embarazo.
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¿CUÁL ES EL MONTO ENTERGADO?
El monto actualizado del beneficio asciende a los $12.364 y va decreciendo de acuerdo al nivel de ingresos de la beneficiaria o su cónyuge.
El máximo monto se entrega a quienes tengan un sueldo máximo de 301 mil pesos mensuales, mientras que el menor monto se entrega a quienes reciban $719.502 como tope máximo de remuneración.
En detalle, el pago se realiza de la siguiente forma:
¿CÓMO SE REALIZA EL TRÁMITE?
Para acceder al beneficio se puede realizar el trámite en modalidad online o presencial. Para quienes lo hagan a través de Internet deben ingresar al sitio web de la Asignación Maternal y completar los datos que pide el sistema.
Por el contrario, quienes prefieran hacerlo de manera personal deben asistir a cualquier sucursal de atención del IPS, y presentar la documentación requerida.
Si es trabajadora:
Cédula de identidad (vigente) nacional o emitida para extranjeros residentes en Chile.
Poder notarial simple, si el trámite es realizado por un apoderado.
Certificado médico que acredite el quinto mes de embarazo. Éste debe ser emitido por el Servicio de Salud Pública o por un facultativo privado (médico o matrona), siempre que el certificado respectivo esté, además, visado por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).
Si es carga del trabajador:
Autorización de carga familiar del trabajador.
Certificado médico que acredite el quinto mes de embarazo. Éste debe ser emitido por el Servicio de Salud Pública o por un facultativo privado (médico o matrona), siempre que el certificado respectivo esté, además, visado por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).
¿CÓMO SE COBRA LA ASIGNACIÓN MATERNAL?
En el caso de las mujeres que trabajan como dependientes o son cargas de sus cónyuges, el pago lo hace el empleador desde que la beneficiaria presenta la autorización de carga que obtuvo en IPS. Si ya no trabaja con ese empleador, el IPS solicita a la Inspección del Trabajo la verificación para ellos pagar el beneficio.
En casos específicos como cuando un empleador no alcanzó a pagar la bonificación por despido u otro motivo, el IPS pagar la Asignación Maternal en forma directa al beneficiario.
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