Logo Mega

Este aviso se cerrará en segundos

Cotización obligatoria para trabajadores independientes: ¿Quiénes deberán cotizar?

  • Por Meganoticias

A partir de abril próximo comienza a regir la cotización obligatoria para trabajadores independientes, iniciativa que busca incluir a estos empleados en las leyes de protección social, beneficios de salud y previsión.

A partir del próximo mes, los trabajadores independientes del sector público y privado que emitan boletas de honorarios por un monto bruto anual igual o mayor a 5 ingresos mínimos mensuales (1,4 millones de pesos), deberán cotizar de manera obligatoria.

Quedan exentos de esta cotización las mujeres de 50 años o más y hombres de 55 años o más, que hayan cumplido esta edad desde el 1 de enero de 2018.

¿CÓMO SE REALIZARÁ LA COTIZACIÓN?

Como el proceso regular, los nuevos cotizantes deberán realizar el trámite a través de la Declaración Anual de Impuesto a la Renta de cada año.

A diferencia de los trabajadores dependientes, los nuevos contribuyentes comenzarán imponiendo el 10% de su renta anual bruta, para luego ir aumentando de manera gradual un 0,75% hasta alcanzar un 17% en un plazo de ocho años.

Los independientes que no están obligados a cotizar, pueden hacerlo mensualmente en la institución de salud que corresponda (isapre o Fonasa), considerando un ingreso mínimo mensual como base imponible.

¿A QUÉ BENEFICIOS PODRÁN OPTAR?

La cotización permitirá a los trabajadores independientes que emitan boletas de honorarios formar parte del sistema laboral y acceder a los siguientes beneficios.

  • Pensión.
  • Seguro de invalidez y sobrevivencia.
  • Seguro social contra riesgos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
  • Licencias médicas.
  • Pre y post natal.
  • Subsidios laborales.