¡Ya está la segunda nómina! Revisa si eres uno de los beneficiados con el Subsidio de Arriendo
1.301. Ése fue el nuevo número de postulantes beneficiados en el segundo llamado para el subsidio de arriendo, correspondiente a marzo de 2016.
El proceso continúa hasta el 30 de noviembre, por lo que si una persona no sale entre los seleccionados, su candidatura quedará para el siguiente mes y no habrá que realizar un ingreso nuevo.
Este subsidio se podrá aplicar en arriendos de hasta $215.000 mensuales para viviendas ubicadas en cualquier lugar del país. En tanto, habrá un monto máximo de $250.000 para las en comunas de Arica, Iquique, Antofagasta, Calama, Copiapó, Aysén y Punta Arenas.
El beneficio entrega un aporte mensual de un máximo de 3 UF, el que se otorgará un subsidio único y total de hasta 170 UF, el que puede ser utilizado mensualmente de manera consecutiva o fragmentada en un plazo de ocho años a partir de la publicación de la nómina de personas seleccionadas, para ser utilizado en el pago de arriendo.
Este año, además, al activar el contrato, recibirás un aporte adicional de 1 UF para financiar los gastos operacionales generados al validar el contrato. Éste se pagará a través de vale vista a nombre del beneficiario en ServiEstado.
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REQUISITOS
• Tener más de 18 años durante el año del llamado (postulantes nacidos hasta el año 1997 inclusive).
• En el caso de postulantes extranjeros, deben presentar la cédula de identidad para extranjeros.
• Debes postular al menos con tu cónyuge, conviviente o hijo. Si eres adulto mayor, mayores de 60 años cumplido el año calendario de la postulación, (nacidos hasta el año 1956 inclusive) no es requisito contar con núcleo familiar.
• Contar con ficha de protección social vigente, con puntaje máximo de 13.484. De no contar con ficha, debe pertenecer hasta el 70% más vulnerable según la Caracterización Socioeconómica (CSE) del Registro Social de Hogares.
• Acreditar un ahorro mínimo de 4 UF al día de la postulación.
• Tener ingreso mensual del núcleo familiar, al menos 7 UF y no exceder las 25 UF. Por cada integrante del núcleo familiar que exceda de tres, el ingreso máximo mensual del grupo familiar se incrementará en 8 UF.