Acusa a la Corte de confundir a las denunciantes: Los argumentos del amparo presentado para que Jorge Valdivia deje la cárcel
¿Qué pasó?
La defensa de Jorge Valdivia presentó un recurso de amparo en la Corte de Apelaciones de San Miguel, en un intento de que se revoque la prisión preventiva que fue decretada en su contra y pueda dejar la Cárcel de Rancagua y regresar a su vivienda.
El pasado jueves 28 de noviembre, la Corte de Apelaciones de Santiago determinó que el exfutbolista debía volver a prisión, teniendo en cuenta los antecedentes que se expusieron sobre las dos denuncias de violación en su contra.
¿Cuáles son los argumentos de la defensa de Jorge Valdivia?
En el recurso, la abogada Paula Vial busca que su representado vuelva a cumplir arresto domiciliario nocturno, medida cautelar que estaba cumpliendo antes de que se decretara la prisión preventiva. Para sostener su posición, afirma que hubo un "actuar ilegal y arbitrario de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago", a la cual acusa de esgrimir "argumentos que resultan totalmente contradictorios, tanto con la evidencia recabada durante la investigación, como con los antecedentes que fueron expuestos por todos los intervinientes en estrados".
"Es tal el nivel de confusión de la Iltma. Corte de Apelaciones, confundiendo los antecedentes de ambas denunciantes, que incluso contradice lo planteado por el propio Ministerio Público en la vista de la causa", agrega.
LO ÚLTIMOEn ese sentido, el recurso plantea que el tribunal de alzada confundió los exámenes toxicológicos de las víctimas.
"La Iltma Corte razona sobre el estado de una de las denunciantes usando el informe toxicológico de la otra, y fundando en este el supuesto estado de privación de sentido, confundiendo los posibles efectos. Y consecuentemente, deja de considerar este informe toxicológico para la denunciante que corresponde, no haciéndose cargo de las alegaciones de la defensa sobre los efectos de estas sustancias en este caso", indica.
Supuestas molestias sufridas por la segunda denunciante
Asimismo, plantea otro error del tribunal, debido a que en el fallo señala que el domingo 20 de octubre la segunda víctima concurrió a la Clínica Las Condes por molestias causadas a raíz de la presunta agresión sexual.
La defensa asegura que esto no es efectivo, ya que "en ningún momento la denunciante o incluso el Ministerio Público, ha mencionado que ella acudió a dicho centro médico por haber tenido alguna molestia (...) así como tampoco consta en el informe médico, el cual no contiene ni el motivo de la consulta, ni un diagnóstico". Asimismo, cuestiona la constatación de lesiones, ya que fue realizada seis días después de los hechos.
Por otra parte, indica que "la Iltma. Corte de Apelaciones hace referencia a la existencia de un supuesto patrón de comportamiento de don Jorge Valdivia, el que sí fue expuesto por el Ministerio Público en la vista de la causa, pero que carece de todo rigor científico a objeto de que pueda tener el mérito suficiente como para estimarse un antecedente válido para sustentar las imputaciones que pesan en su contra".
"No existe estado de confusión"
En el recurso sostiene que el tribunal de alzada no se hizo cargo de todos los argumentos presentados por la defensa. A modo de ejemplo, apunta a las pruebas presentadas que buscaban sostener que los hechos sí fueron consentidos. Específicamente, conversaciones por mensajería.
"Estos mensajes resultan fundamentales para constatar (...) que la denunciante en forma inmediata a la salida del departamento de Jorge Valdivia le informa que había dejado sus cosas al interior –no existe estado de confusión–", asevera.
Finalmente, la defensa señala que el fallo no se hizo cargo de la insuficiencia de las restantes medidas cautelares.
Denuncia
Si eres víctima o testigo de violencia hacia la mujer el fono de orientación dispuesto por el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (SernamEG) es el 1455.
El número se puede marcar tanto en teléfono fijo como en el celular y desde ahí brindan orientación para ayudar a víctimas de maltrato o te guían con los mecanismos para realizar una denuncia.
Este artículo informa de un proceso judicial en curso, por lo que los involucrados no deben ser considerados culpables hasta que los organismos pertinentes lo determinen.
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