Chamanes vs. Fiscalía: El complejo panorama que enfrenta el Ministerio Público para imputar tráfico de DMT en ayahuasca

Pasaron más de diez años para que César Ahumada, alias Rumi, volviera a enfrentar un proceso judicial por sus tratamientos chamánicos en el Centro Manto Wasi.

Esta vez, la investigación se inició el 10 de octubre producto de la muerte de Antonella Canales, mujer de 38 años que falleció luego de someterse a una “purga” de tabaco en el referido centro de la comuna de Pirque.

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El Ministerio Público decidió formalizar a Ahumada por dos delitos: el de homicidio simple con dolo eventual por la muerte de Canales, y el de tráfico de drogas por el líquido hallado en su domicilio que contenía dimetiltriptamina (DMT).

Respecto del delito homicidio, parte importante del debate se centra en si la víctima le comunicó a los trabajadores del centro sobre un problema cardiaco por el cual ocupaba un marcapasos, algo que la defensa de Ahumada ha descartado presentando una ficha clínica donde no se da cuenta de aquello.

"La purga de tabaco en sí ya es riesgosa, y con los antecedentes médicos, efectivamente entendemos que se actuó con dolo eventual respecto de un posible delito de homicidio. Pese a esos antecedentes médicos se hizo igual con la finalidad de lucrar", planteó el fiscal de flagrancia José Manuel Mac Namara.

El marido de Antonella, Diego Quintana, presentó el 17 de octubre una querella por cuasidelito de homicidio contra quienes resulten responsables. Escrito donde plantea que “la trágica y repentina muerte de Antonella deja en evidencia la negligencia en el manejo del tratamiento por parte del personal del Centro Terapéutico “Manto Wasi”, lugar en donde le fueron aplicadas sustancias, supuestamente medicinales, que causaron su deceso”.

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Cuando la policía registró la dirección ubicada en la comuna de Pirque, encontraron una mezcla líquida que contenía el compuesto activo DMT. Cuarenta vasos con una pequeña porción, además de dos botellas, una de 2.5 litros y otra de 750 cc.

Dicho hallazgo llevó al Ministerio Público a imputar el delito de tráfico de drogas, toda vez que el DMT es una sustancia prohibida en el reglamento de la ley 20.000. Sin embargo, esa misma imputación fue rechazada por los jueces el 2012, por lo que la Fiscalía trabaja en corregir los errores de un caso que se transformó en una victoria histórica para los defensores de la ayahuasca en Chile.

Agente encubierto

Según declararon funcionarios de la PDI, en septiembre de 2009, una persona anónima llegó hasta el Departamento de Narcóticos para denunciar que dos años antes había conocido al chamán Rumi, quien lo había invitado a un ritual de ayahuasca en la comuna de Pirque. Ceremonia para la cual debía pagar $40 mil pesos.

Los antecedentes fueron remitidos a la Fiscalía el 8 de septiembre, tras lo cual el Ministerio Público envió a la PDI una orden para investigar esta situación.

La vigilancia de la policía logró determinar que César Ahumada, junto a su esposa en ese momento (D.S), viajaron desde Chile a Perú el mismo 8 de septiembre de 2009, y que retornaron a nuestro país veinte días después. En la revisión de escáner del aeropuerto Arturo Merino Benítez, se detectó que en el equipaje traían seis botellas y tres frascos con una “sustancia acuosa desconocida”.

El seguimiento de la pareja y las interceptaciones telefónicas, permitieron a la policía identificar que el 14 de noviembre de ese año iba a efectuarse una ceremonia donde se consumiría ayahuasca.

Una funcionaria de la policía acudió de manera encubierta ese día, simulando ser una paciente más del Centro Manto Wasi. Cuando vio que iba a empezar a repartirse la mezcla, alertó a sus compañeros, quienes entraron al lugar y realizaron un registro donde encontraron siete botellas con el brebaje ayahuasca, el cual contiene DMT.

Planta ayahuasca vs. brebaje ayahuasca

En el debate de la ayahuasca existe una distinción clave, puesto que bajo la misma palabra conviven dos definiciones diferentes. La primera de ellas es la que entiende la ayahuasca como la liana amazónica, la planta propiamente tal. Mientras que la segunda, se utiliza para referirse al brebaje resultante de la mezcla de varias especies, donde la que aporta el DMT es la llamada chacruna.

Dicha diferenció jugó un papel importante en el primer juicio del Ministerio Público contra César Ahumada, puesto que uno de los delitos que se le imputó a él y su esposa fue que “se concertaron para ofrecer a un grupo numeroso de personas de nuestro país, utilizando correos electrónicos, y mediante contacto telefónico, la ingesta de DMT (dimetiltriptamina) en una solución acuosa, obtenida de un extracto de la especie vegetal ayahuasca”, reza la acusación.

Sin embargo, los jueces del Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, determinaron en su sentencia que “la prueba del persecutor en el juicio resultó absolutamente insuficiente para acreditar que los acusados se hayan concertado para ofrecer a un grupo numeroso de personas, la ingesta de DMT, en una solución acuosa obtenida de la especie vegetal ayahuasca”.

Se acreditó, asimismo, que la sustancia prohibida DMT no se obtiene de la especie vegetal ayahuasca, como afirma la acusación fiscal, sino que se obtiene de la planta, psychotria viridis, conocida como chacruna, especie no mencionada en el libelo acusatorio”, agrega la sentencia que absolvió a Ahumada y su esposa.

Ese juicio, terminado en 2012, se transformó en un fuerte precedente para los defensores de la ayahuasca nacional e internacionalmente, ya que el tribunal estableció además que “en el contexto en que fue consumida, no reportó peligro para la salud pública y por el contrario, trajo beneficios físicos y psíquicos para múltiples personas que narraron sus experiencias en estrados”.

LO ÚLTIMO

Quien estuvo a cargo de las primeras diligencias en este nuevo caso, fue el fiscal José Manuel MacNamara, quien comentó a Mega Investiga que "en la acusación anterior se habló de la planta ayahuasca sin mencionar a la chacruna, sin perjuicio que se habló que contenía DMT. Y eso fue un tema en el cual se basó el Tribunal para eventualmente absolver, pero en este caso entendemos que no se va a producir la misma situación".

Los otros chamanes

Para la primera acusación contra Ahumada, el fiscal Jaime Retamal venía de un precedente positivo tras lograr una condena contra el “chamán” Ricardo Jiménez Olmo.

En el caso de Jiménez, el delito consistió en ofrecer la sustancia prohibida mescalina, la cual está presente en el brebaje que se obtiene al hervir la corteza del cactus San Pedro.

“La participación del acusado en el delito de tráfico de sustancias psicotrópicas en pequeñas cantidades se acreditó con los dichos de los testigos de que concurrieron a su casa el día 29 de noviembre de 2008, a participar en la ingesta del cactus San Pedro, contenedor de Mescalina”, dice la sentencia del Segundo Tribunal del Juicio Oral en lo Penal.

Si bien la acusación del fiscal Retamal fue similar para ambos casos, en el del “Chamán de Pirque” existió una defensa férrea y organizada para desarticular las acusaciones del Ministerio Público.

Defensa en la que incluso se contó con la participación de peritos internacionales, como lo fueron Jacques Mabit y Jordi Riba, que viajaron a nuestro país para exponer en el juicio sus investigaciones respecto al uso de la ayahuasca.

El 29 de marzo de 2017, el chamán peruano Efraín López fue fiscalizado junto a su esposa cuando ingresaban a nuestro país. En la revisión de su equipaje se encontró una “solución acuosa”, que luego de ser analizada por el Laboratorio de Criminalística Metropolitano Central, se determinó que contenía la sustancia DMT.

En la audiencia de formalización del 10 de mayo de 2017, López y su esposa quedaron en prisión preventiva, él a Santiago I y ella al CDP de San Miguel. Esa decisión se revirtió ocho días después, cuando la Corte de Apelaciones determinó la libertad de los imputados, que pasaron en ese momento a una cautelar de arresto domiciliario nocturno.

Más de un año después, el 5 de octubre de 2018, se llevó a cabo una audiencia solicitada por la defensa, donde el Primer Juzgado de Garantía definió el sobreseimiento definitivo de la causa.

El método que utilizó López para ingresar la ayahuasca, no es del todo inusual. En febrero de 2024, personal de Aduanas incautó cuatro botellas de un líquido café, que tras ser periciado, se comprobó que era brebaje ayahuasca y que contenía dimetiltriptamina (DMT). Esa situación volvió a repetirse en mayo, cuando los funcionarios incautaron seis botellas de ayahuasca en el equipaje de un chileno que llegó desde Florianópolis. Ambos casos fueron derivados a la Fiscalía Metropolitana Occidente

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