Dineros cobrados en exceso por isapres: ¿Cuándo será la devolución de los montos?

Junto con detallar las alzas que aplicarán las isapres en sus planes de salud a través de una prima extraordinaria —los aumentos van desde los $9.272 a los $42.104— la Superintendencia de Salud abordó el proceso de devolución de dinero cobrado en exceso, contemplado en el marco de la Ley Corta de Isapres.

Ese dinero corresponde al ajuste que realizaron las aseguradoras tras un fallo de la Corte Suprema, que ordenó aplicar en los planes de salud la tabla de factores única. Entonces, pronto las entidades tendrán que devolver a todos sus afiliados y exafiliados la diferencia monetaria que hubo tras la aplicación de la tabla, la que está avaluada en miles de millones de dólares.

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¿Cuándo será la devolución del dinero cobrado en exceso?

El organismo regulador anunció el mes en que iniciará la devolución del dinero cobrado en exceso por las isapres, junto con el proceso que deberán efectuar las aseguradoras entre octubre y noviembre de este año. 

En detalle, hasta el viernes 25 de octubre tienen plazo para comunicar la incorporación de la prima en el contrato de salud; y hasta el 29 de noviembre, sus afiliados tendrán tiempo para decidir si:

  • Se mantienen en el mismo plan con la prima incorporada.
  • Aceptan el plan alternativo ofrecido por la isapre.
  • Optan por otro plan que comercialice la isapre.
  • Prefieren desafiliarse de la isapre.
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La Superintendencia de Salud señaló que en noviembre "deberán notificar a sus afiliados que les corresponde devolución de excedentes por el fallo de la Corte Suprema. La deuda se comenzará a pagar en el mes de diciembre, de acuerdo a la modalidad de pago que ofrecerá su isapre".

La fecha específica del procedimiento no fue especificada, pero será comunicada oportunamente por cada una de las instituciones. En cuanto al universo de personas que recibirá el dinero cobrado en exceso, este corresponde a 696.477 cotizantes.

Los montos serán devueltos como excedentes, compensación de deuda o "pronto pago", lo que consiste en un pago anticipado con una cuota de descuento, siempre que sea acordado entre la isapre y su cotizante.

Por último, cabe recordar que la devolución del total cobrado en exceso no será inmediata, pues la Ley Corta autoriza a las isapres a hacerlo en un plazo máximo de 13 años.

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