Quedó parapléjico por negligencia médica en Concepción: Será indemnizado con $130 millones
- Por Vladimir Núñez
¿Qué pasó?
El Tercer Juzgado Civil de Concepción ordenó al Servicio de Salud de dicha ciudad a indemnizar con 130 millones de pesos a un hombre de 56 años que quedó parapléjico a causa de una negligencia médica.
En detalle, la magistrada a cargo de la audiencia estableció la “falta de servicio” de la parte demandada en una intervención quirúrgica que fue practicada por un becario sin supervisión del médico titular.
LO ÚLTIMOLa negligencia médica que dejó al hombre parapléjico
De acuerdo a lo informado por Diario Constitucional, el mencionado juzgado acogió la demanda de perjuicios y condenó al Servicio de Salud de Concepción a pagar la indemnización de $130.000.000 por concepto de daño moral, al paciente que, en agosto de 2021, se sometió a una intervención quirúrgica negligente que le provocó una “paraparesia de las extremidades inferiores”.
En el fallo emitido se puso énfasis en que el paciente presentaba hematomas intradurales graves, los cuales poseen un rápido progreso (que varía entre minutos y horas), por lo que requería drenaje quirúrgico inmediato.
No obstante, según la ficha de la clínica presentada por el demandante, al paciente, pese a encontrarse en la UCI, por buena evolución y en proceso de alta médica, le retiran el catéter posterior, presentando evolución en cuanto a su dolor y paraparasia, en el contexto de sus hematomas intradurales, por lo que se suspendió su alta.
Es así, que la resolución consignó como precedente que no se brindó al paciente una atención médica adecuada por el personal del hospital, debido a que “desde el momento en que surge el hematoma intradural (?) hasta que se adoptó la decisión de intervenirlo trascurrió una brecha de tiempo excesiva, pues como ya se dijo un hematoma intradural, según la doctrina médica, es grave, y en consecuencia, requiere drenaje quirúrgico inmediato”.
Además, la intervención quirúrgica correspondiente al retiro del catéter habría sido realizada por un becario sin supervisión del médico titular, lo que para el tribunal, incurre en un conjunto de deficiencias asistenciales que impidieron enfrentar de forma oportuna y eficaz el hematoma intradural, producido una vez retirado este catéter.
Finalmente, el fallo dio por establecido que “resulta lógico concluir la aflicción que debió producir en el paciente el cambio abrupto de vida que tuvo, siendo un hombre de 56 años a la fecha de los hechos, que se desempeñaba como chofer, pudiendo desplazarse con libertad, realizar sus necesidades biológicas sin asistencia, y encontrarse en la actualidad con un trastorno motor, un trastorno sensitivo, consistente en alteración de la sensibilidad”.
“La conducta negligente del demandado ocasionó una afección permanente en la salud del paciente lo que acarreó, incluso, pasar de ser un hombre con capacidad laboral, a sufrir una pérdida de capacidad de trabajo mayor a los dos tercios, lo que significó su invalidez total, declarada por la comisión de salud de la Región del Biobío, circunstancias que innegablemente ocasionaron una aflicción en sus sentimientos”, concluyó.
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