Rechazan registro de marca "NotMilk" en Europa: ¿Cuáles son las razones?
La empresa The Not Company está atravesando una particular situación en sus intentos de posicionarse en el mercado de Europa. Resulta que su marca de bebida láctea vegetal, "NotMilk", ampliamente conocida en Chile, no pudo ser registrada en el Viejo Continente.
La historia se remonta a julio de 2021 y hace menos de un mes sumó un nuevo capítulo que complica las aspiraciones de expansión global que impulsó el "unicornio" chileno, cuyos productos hoy se venden en Argentina, Brasil, Canadá, México y Estados Unidos.
El frustrado intento de instalar "NotMilk" en Europa
En julio de 2021, la compañía —que elabora productos a base de plantas y vegetales, replicando el sabor animal— inició los trámites para que NotMilk fuera registrada bajo la Clasificación de Niza, que precisamente consiste en una "clasificación internacional de productos y servicios que se aplica al registro de marcas", según señala su sitio web.
La intención era lograr incluirla en la clase 29 y clase 32 del listado, entre cuyos productos se encuentran los sucedáneos de la leche y distintas bebidas vegetales, respectivamente.
LO ÚLTIMONo obstante, los esfuerzos se vieron frustrados en octubre de 2022, porque la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (Euipo, por sus siglas en inglés) rechazó la solicitud.
NotCo apeló a la resolución en el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE), pero el pasado 8 de mayo, esta instancia no hizo más que reafirmar el fallo de la Euipo, detallando las razones del rechazo a la inscripción.
¿Por qué se rechazó el registro de la marca NotMilk en Europa?
Tal como lo sostuvo la Euipo, el tribunal explicó que el rechazo de la inscripción se explica por dos factores:
1) "NotMilk" es una marca descriptiva
En Chile, "NotMilk" funciona como un concepto sumamente comercial, así como otros términos ajenos al castellano; pero en los países que conforman la Unión Europea, muchos de ellos con habla inglesa, la marca no tendría el mismo impacto ni significancia.
En ese sentido, el fallo del TGUE precisó que "el carácter descriptivo de una marca debe evaluarse en relación con los productos o servicios para los que se solicita el registro y en relación con la percepción del público pertinente", de acuerdo a lo que consigna La Tercera.
Para el organismo, la denominación "NotMilk" anula el esfuerzo cognitivo del consumidor de identificar la marca con el origen comercial del producto, especialmente en consumidores con el inglés como lengua nativa.
"El público anglófono percibiría inmediatamente que el producto no contiene leche, lo que impide su función esencial de identificar su origen comercial", señaló el tribunal.
2) "NotMilk" carece de carácter distintivo
Muy influenciado por el factor anterior, no es posible distinguir a "NotMilk" de las marcas de otras empresas que operan en las dos clases a las que aspiraba.
Esta rigurosidad está establecida en el artículo 4 del Reglamento de la Unión Europea 2017/1001: "Podrán constituir marcas de la Unión cualquier signo (palabras, dibujos, letras, etcétera) con la condición de que sean apropiados para distinguir los productos o los servicios de una compañía de los de otras empresas".
Según consigna el citado medio, la entidad chilena no demostró que el uso de "NotMilk" generase un carácter distintivo, que de haberlo hecho habría facilitado su inscripción.
¿Qué puede hacer NotCo para registrar "NotMilk" en Europa?
Suponiendo que el fallo del TGUE se le notificó el 8 de mayo, NotCo tiene un plazo de dos meses para presentar un recurso de casación en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que verifique si el fallo es pertinente con la normativa europea.
Este tribunal no aprobará ni rechazará el registro de la marca en el mercado europeo, sino que solamente se limita a corroborar eventuales errores de interpretación por parte del TGUE.
El plazo de dos meses puede ampliarse en diez días por tratarse de un caso en el que existe distancia geográfica entre las partes (NotCo desde Sudamérica y el TJUE en Luxemburgo). De esta manera, la compañía tendría hasta el 18 de julio para presentar el recurso de casación.
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