Proyecto limita pagos en efectivo para combatir narcotráfico: ¿Cuál sería el monto máximo de las transacciones?
Senadores de la oposición presentaron un proyecto de ley que limita el monto de las transacciones que se realicen en dinero efectivo, estableciendo multas para aquellas personas que superen el máximo sugerido.
Mediante la iniciativa, lo que buscan los congresistas es "combatir el flagelo del crimen organizado y el narcotráfico", lo que representa "una amenaza constante para la democracia, atentando contra la seguridad y bienestar de las sociedades", según declaran.
La idea es semejante a la que propuso la senadora Alejandra Sepúlveda y su colega Esteban Velásquez en octubre de 2022. En ese entonces, ambos parlamentarios sugirieron modificar el Código del Comercio para fijar un pago máximo en efectivo de 5 Unidades Tributarias Anuales, lo que en ese tiempo equivalía a $3.669.420.
Cabe señalar que este último proyecto lleva 18 meses en la comisión de Economía del Senado, sin registrar avances durante su primer trámite constitucional.
¿Qué proponen los senadores de oposición?
Los autores de la nueva iniciativa son Ximena Rincón, Luciano Cruz-Coke, Rojo Edwards, Kenneth Pugh y Gustavo Sanhueza.
En su proyecto, aseguran que "aún no resulta posible atajar a la piedra angular del crimen organizado y narcotráfico: los excesos de dineros mal habidos que provienen de este enriquecimiento ilícito, derivado de la trata de personas, prostitución, venta de drogas, el contrabando de armas, extorsiones y una serie de redes asociadas a diversas actividades ilícitas".
"Estas ganancias recaudadas terminan siendo difíciles de rastrear, integrándose rápida y silenciosamente a la economía legal a través del lavado de dinero", agregaron, precisando que su planteamiento no solo busca "resguardar la integridad y estabilidad del sistema financiero, sino también la seguridad del país".
¿Cuál es el pago máximo en efectivo que sugieren?
La propuesta postula dos artículos. El primero establece que "se prohíbe el pago en dinero efectivo de las transacciones comerciales, financieras o de cualquier otra índole cuando estas superen las 50 UF (1,8 millones de pesos chilenos, según el cambio actual) o su equivalente en moneda extranjera".
En los casos que su pagador sea una persona natural que no tenga domicilio en Chile, el importe será de 10.000 dólares (actuales $9,4 millones), siempre que no actúe en calidad de empresario o profesional.
El segundo artículo, por su parte, establece sanciones para quienes paguen o reciban una cifra superior a la establecida.
"Sufrirán la pena de multa equivalente al 25% del monto total de la operación, quien pagare o recibiere total o parcialmente cantidades en efectivo en infracción a la limitación establecida en el artículo 1. De lo anterior, responderán solidariamente quienes hayan intervenido en la operación", indica la normativa.
Se eximirá del castigo la persona que intervenga en la operación, siempre que efectúe la denuncia dentro de los seis meses siguientes al pago en cuestión.
Tal como sucedió con la anterior iniciativa, se espera que esta sea despachada a la comisión de Economía del Senado para su eventual discusión.
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