Buscan tipificar el delito de antropofagia y agravar penas relacionadas
- Por Julieta Garagay
¿Qué pasó?
Un proyecto de ley busca modificar el Código Penal para tipificar el delito de antropofagia y agravar ciertas penas relacionadas a esto.
La iniciativa, que se encuentra en primer trámite constitucional, es de parlamentarios independientes, de Renovación Nacional (RN), Unión Demócrata Independiente (UDI), Partido Republicano (PR) y del Partido Social Cristiano (PSC).
LO ÚLTIMOTipificar el delito de la antropofagia
Según Diario Constitucional, uno de los objetivos de esta ley es modificar el Código Penal para agregar la antropofagia como delito autónomo.
La propuesta está patrocinada por los parlamentarios Eduardo Durán, Johannes Kaiser, Hugo Rey, Marco Antonio Sulantay, Chiara Barchiesi, Sara Concha, María Luisa Cordero, Camila Flores, Carla Morales y Marcia Raphael.
Estos diputados indican que ni la legislación penal ni el Código Sanitario tienen una sanción penal expresa para quien ingiere restos humanos.
Además, recordaron la denuncia realizada por el abogado Aldo Duque, quien aseveró que un doble asesinato que habría culminado con los restos de las víctimas asados en una parrilla.
Agravar las penas relacionadas a antropofagia
La ley también busca agravar la pena en delitos que signifiquen la muerte de la víctima y se practique o indujere a practicar esta conducta.
Esto se materializaría agregando un nuevo artículo 318 quáter al Código Penal, que regula los crímenes y simples delitos contra la Salud Pública:
“Quien practicare o indujere la práctica de la antropofagia será sancionado con la pena de presidio o reclusión mayor en su grado medio. Si, como consecuencia de esta práctica, se produjere una grave afectación a la salud pública la pena podrá aumentarse en un grado”.
A su vez, plantean incorporar un nuevo artículo 409 bis al Código Penal:
“Si con ocasión de los delitos contemplados en los artículos 141 inciso final, 142 inciso final, 150 B numeral primero, 372 bis, en los párrafos 1, 1 bis, 1 ter, II y III de este título, 433 numeral primero y 474 de este Código, o de delitos contemplados en leyes especiales que conllevaren la muerte de la víctima, se practicare o se indujese a practicar la antropofagia con sus restos, se aplicará el máximo o el grado máximo de la pena prevista para el delito de que se trate”.
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