Exclusión a empresas israelíes de la FIDAE: Justicia rechaza recurso de protección contra decisión del Gobierno
- Por Ariel Araya
¿Qué pasó?
La tarde de este viernes, la Corte de Apelaciones de Santiago declaró inadmisible el recurso de protección que varias empresas israelíes presentaron en contra del Gobierno de Chile, tras ser excluidas de la Feria Internacional del Aire y del Espacio (FIDAE) 2024.
Se trata de nueve compañías que acusaron discriminación arbitraria, luego que el Ejecutivo optara por no invitar a dicho país al evento debido al conflicto que este enfrenta con el grupo Hamás en la Franja de Gaza.
¿Qué dijo el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago?
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada desestimó la procedencia del recurso al no existir derecho indubitado (que no admite duda) de las empresas en favor de las cuales se recurre.
La justicia explicó que el recurso de protección "tiene por objeto restablecer el imperio de un derecho indubitado cuando este ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales".
En concreto, cuando estas acciones "amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de este u otras de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República".
De acuerdo al documento, en el libelo presentado no se exponen hechos "que den cuenta que, las personas jurídicas en cuyo favor se recurre, ostenten un derecho indubitado que pueda ser fundamento de la vulneración a las garantías constitucionales indicadas en el artículo 20 de la Constitución".
"Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema de sobre tramitación y fallo del recurso de protección de las garantías constitucionales, se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto al folio 1", concluyó.
Empresas acusaron discriminación arbitraria
Las empresas israelíes denunciaron que el Gobierno de Chile "a prácticamente un mes" de la FIDAE informó que las firmas de ese país ya no estarían invitadas al evento, "sin dar ningún motivo ni justificación razonable para su exclusión".
"El acto por el cual los recurridos (Gobierno) excluyeron a las empresas (...) constituye un caso de discriminación arbitraria, basado en la exclusión por su origen o nacionalidad", aseguraron en el recurso presentado.
"El acto que se denuncia ha sido realizado en forma tal que no se respetó la legislación vigente, por lo que cabe calificarlo al tenor del artículo 20 de la Carta Fundamental, como arbitrario", agregaron.
Las compañías afirman que la medida que adoptó el Ejecutivo terminó "perturbando, transgrediendo y privando el legítimo derecho que consagra la Constitución de no ser afectados por una discriminación arbitraria".
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