Las infracciones por las que podrías perder tu licencia de conducir

La licencia de conducir es el documento que permite la conducción de vehículos en Chile y para obtenerla es necesario acudir a la Dirección de Tránsito Municipal y rendir un examen teórico y uno práctico.

En Chile existen diferentes tipos de licencia de conducir, como las profesionales (clase A), las no profesionales (clases B y C) y las especiales (clase D, E y F).

Ir a la siguiente nota

Este documento, que permite la conducción de un vehículo, tiene una vigencia de seis o cuatro años, dependido del tipo de licencia, sin embargo, existen ocasiones en que los automovilistas pueden perder su licencia en caso de cometer infracciones de tránsito.

Las infracciones por las que podrías perder tu licencia de conducir 

Cuando se comete una infracción de alta gravedad a la Ley del Tránsito, el conductor puede ser cancelación de la licencia de conducir, lo cual solo se aplica en casos extremos de faltas a la ley de tránsito o por reincidir en faltas graves o gravísimas.

El artículo 208 de la Ley de Tránsito indica que la pena de inhabilitación para conducir vehículos de tracción mecánica o animal conlleva la cancelación de la licencia de conducir o la imposibilidad de obtenerla.

 

Fiscalización de tránsito (Aton)

 

En la legislación también se explica la existencia de la pena de suspensión para conducir vehículos, la que conlleva la imposibilidad de usar el documento durante el tiempo que dure la condena.

De acuerdo a Autofact, las situaciones que podrían provocar la cancelación de la licencia de conducir, según la Ley de Tránsito, son:

  1. Conducir en estado de ebriedad tres veces, en un plazo de 12 meses.
  2. Conducir en estado de ebriedad o bajo la influencia de las drogas, tres veces, en un plazo de 24 meses.
  3. Ser reincidente en la conducción bajo los efectos de las drogas o alcohol y provocar lesiones menos graves o graves.
  4. En caso de que el juez o director de tránsito y transporte público municipal o el juez de policía local, determine que la persona representa un peligro para la seguridad pública.
  5. En caso de ser reincidente, en un plazo de 60 meses, de cuasidelito de homicidio o lesiones graves, conducción en estado de ebriedad o bajo los efectos de las drogas con notoria pérdida de conciencia.
  6. Haber sido condenado con la suspensión de la licencia de conducir por tres veces dentro de los últimos doce meses, o cuatro veces dentro de los últimos veinticuatro meses.
  7. Ser responsable, durante los últimos 12 meses, de tres o más infracciones o contravenciones gravísimas, como no respetar el disco Pare, manejar sin licencia de conducir, manejar utilizando el celular y no respetar la luz roja del semáforo.