General Yáñez instruye que carabineros de franco puedan portar armamento institucional para repeler delitos
¿Qué pasó?
El general director de Carabineros, Ricardo Yáñez, instruyó en un documento que se permita a los funcionarios de franco utilizar su armamento institucional para que puedan prestar auxilio o defenderse frente a delitos, como los asaltos.
La medida surge a raíz de los hechos que han ocurrido en el último tiempo, en que funcionarios policiales de civil han debido intervenir en robos con violencia para repeler la acción de los delincuentes.
¿Qué dice el documento que permite que los carabineros de franco utilicen el arma institucional?
De acuerdo a La Tercera, el documento titulado "Personal que no posee armamento particular" fue enviado el pasado viernes 5 de enero y en él se instruye a que los uniformados que no tengan armas inscritas a su nombre puedan solicitar en sus unidades una pistola o revólver fiscal, por ejemplo, como también municiones.
En la instrucción, Yáñez detalla que la medida se toma "atendidas las diversas actuaciones del personal de Carabineros, que en calidad de franco y en cumplimiento del deber de manera valerosa y aun a riesgo de su propia integridad física, presta auxilio policial a víctimas de graves delitos, cuyos hechores lo hacen con armamento de alto poder de fuego; o bien, cuando son ellos mismos y sus familias quienes son víctimas de la delincuencia".
"La máxima autoridad institucional ha dispuesto que el personal de Carabineros que no posea arma particular y que, de estimarlo necesario, pueda optar a solicitar que se le proporcione un arma y munición fiscal para que sea portada en calidad de franco, acorde a la normativa contenida en el reglamento de armamento y municiones para Carabineros de Chile", sostiene el documento.
Condiciones para que carabineros de franco porten arma institucional
Asimismo, se pide a los mandos comunicar la instrucción a sus subalternos y "resolver" las solicitudes del personal para acceder al armamento y munición fiscal, pero teniendo en consideración cinco criterios.
En específico, se indica que se debe considerar la hoja de vida del funcionario, si tiene la práctica de tiro al día, el informe del mando de la unidad conforme a la realidad territorial y desplazamiento del personal, si existe cargo de armamento suficiente para estos efectos, y cualquier otro antecedente a considerar por los respectivos mandos.
El documento fue emitido por "orden del director general director" y ya se encuentra en las unidades policiales.
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