Fue a un matrimonio en Chicureo, se cayó y sufrió una grave lesión: Productora de eventos tendrá que indemnizarla
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la indemnización que tendrán que pagar una mujer y sus dos empresas que se desempeñan en el rubro de la producción de eventos y la asesoría inmobiliaria.
El monto —equivalente a $2.731.599— va en beneficio de una invitada a un matrimonio que, precisamente, era organizado por las partes demandadas. Mientras se desarrollaba el evento, la víctima cayó en un hoyo que no estaba señalizado, lo que derivó en graves consecuencias para su salud.
Un matrimonio accidentado en Chicureo
A modo de contextualización, el matrimonio se celebró el 30 de abril de 2016, en una lujosa casona que pertenece a la productora demandada y que está ubicada en el sector de Piedra Roja, Chicureo, en la comuna de Colina.
Después de disfrutar del cocktail y de la cena, la afectada salió a tomar aire a las afueras del inmueble. Ya era de madrugada (00:30 horas del domingo 1 de mayo) cuando decidió volver a su mesa. Sin embargo, en el trayecto "caí en un hoyo no señalizado y cubierto por piso falso (...) cortándome con un fierro el empeine de mi pie izquierdo, atravesando mi zapato de cuero cerrado", señaló la víctima.
En su demanda, obtenida por Meganoticias.cl, la mujer aseguró que sufrió un intenso sangrado y que los propios asistentes la auxiliaron, no así la administración del recinto, que no tenía enfermería ni servicios de primeros auxilios. Tampoco "tomaron medida de urgencia, no llamaron a una ambulancia ni se preocuparon de lo que me estaba ocurriendo", agregó.
Accidente resultó ser más grave de lo que se pensaba
Al ser trasladada al recinto médico más cercano, la hemorragia fue controlada mediante la sutura de seis puntos en la herida. La paciente pensó que el mal momento ya había pasado, pero el doctor luego le diagnosticó que el fierro no solo cortó su piel, sino también su tendón extensor de su pie izquierdo.
La situación era de tal gravedad que hacía inevitable una cirugía, la que se desarrolló el 2 de mayo de 2016. Después de ello, inició un largo proceso de recuperación y, una vez operada y dada de alta, "quedé sin movilidad de mi pierna izquierda por un mes", relató.
Productora de eventos desconoció el accidente
El mismo 1 de mayo, un día antes de pasar por el quirófano, la víctima se contactó con la dueña de la productora de eventos para contarle lo que pasó y conocer su protocolo ante este tipo de sucesos.
Sin embargo, "para mi sorpresa, la demandada me respondió desconociendo el hecho de que me había ocurrido un accidente, así como las circunstancias que lo rodean. Se limitó a señalar que solo se le notificó un incidente de una mujer bailando sin zapatos. Ante tal lamentable y desafortunada respuesta, le respondí refutando todas y cada una de sus afirmaciones".
La dueña de la empresa volvió a negar lo sucedido, incluso señalándole que no podía constatar la presencia de la afectada en el matrimonio en cuestión. "La actitud de las demandadas es reprochable, insuficiente y se condice con la inexistencia de medidas de seguridad", manifestó la afectada.
En primera instancia, la mujer exigía una indemnización de $731.559 por daño emergente y $20.000.000 por daño moral, pero el 2° Juzgado Civil de Santiago rebajó esta última cifra a $2.000.000, lo que posteriormente fue reafirmado por la Corte de Apelaciones de Santiago.
Eventualmente, ahora cualquiera de las partes puede volver a apelar a la sentencia, ya sea para incrementar la indemnización (la demandante) o para revertir la condena (las empresas demandadas). Esa apelación deberá hacerse en la Corte Suprema, cuyo veredicto será definitivo.
Leer más de