Clínica deberá pagar más de 20 millones a paciente mordida por araña de rincón: No recibió la atención adecuada

Son casi 21 millones de pesos los que deberá pagar la Clínica Regional Elqui S.A por concepto de daño emergente y daño moral, por incumplimiento contractual cometido en contra de una paciente que había sido mordida por una araña de rincón en el año 2020. 

La decisión fue adoptada por el Tercer Juzgado de Letras de La Serena. De acuerdo a lo alegado por la denunciante, la clínica en cuestión habría actuado de manera negligente, sin tomar las medidas de urgencias propias de una situación de estas características.

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Dentro de lo dictado por la instancia judicial, apunta a la incorrecta aplicación del diagnóstico y examen correspondiente.

 

Imagen referencial / Créditos: Shutterstock

 

Atención fue deficiente

“La conducta desplegada por el profesional de la salud que se desempeñaba en esos momentos para la demandada, Clínica Regional de Elqui, no resultó ajustada al adecuado proceder de un médico que se desempeña en un servicio de urgencia, servicio que por su propia naturaleza requiere la adopción de medidas concretas y rápidas que aminoren los riesgos a que se ven expuestos los pacientes", dice el fallo.

A su vez, agrega que "la actuación del facultativo a cargo del examen y diagnóstico de la paciente (...) fue deficiente, en el sentido que no aplicó la guía clínica para el manejo de mordedura de araña de rincón, ni adoptó las medidas de urgencia que el caso requería, para tratar adecuada y oportunamente a la paciente". 

Paciente necesitó de terapias kinesiológicas para su recuperación

De la misma manera, el Juzgado concluyó que debido a esta ineficiente atención, se produjo la posterior sobreinfección de la herida, además del loxocelismo cutáneo y la evolución tórpida de la lesión (formación de placa necrótica).

En esta línea, la paciente tuvo que someterse a una escarectomía de la herida del muslo derecho y posterior colgajo musco esquelético, así como a terapias kinesiológicas para recuperar la movilidad. Mencionado todo lo anterior, se resolvió a favor de la demandante.

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