Panadero que fue captado lamiendo masa en supermercado de Antofagasta demandó a su exempleador y perdió
¿Qué pasó?
El Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta rechazó la demanda de tutela de derechos fundamentales y despido injustificado presentada por Yovani Jorge Chuquitiglla, el panadero que fue despedido de un supermercado Unimarc de Antofagasta tras ser sorprendido lamiendo la masa del pan.
El trabajador interpuso la demanda contra la empresa Productos y Servicios Panaderos S.A. y —en forma subsidiaria— contra Rendic Hermanos S.A Supermercados Unimarc.
Lo grabaron lamiendo masa
En noviembre del año pasado, mediante redes sociales, se difundió un video en el que aparecía el panadero lamiendo las masas de los productos que estaba elaborando en el supermercado Unimarc del Parque, en la comuna de Antofagasta.
Por el hecho se abrió un sumario sanitario y la Seremi de Salud de Antofagasta prohibió el funcionamiento de la panadería en cuestión.
El panadero fue despedido, hecho por el cual demandó por tutela de derechos fundamentales y despido injustificado a la empresa en que trabajaba y al supermercado.
¿Qué determinó la justicia?
En el fallo del Juzgado de Letras del Trabajo, el magistrado Carlos Campillay Robledo rechazó la demanda por considerar que no existió vulneración de derechos y el despido se ajustó a derecho, informó el Poder Judicial.
El tribunal estableció que en la prueba contenida en el video que se viralizó, en el cual lame la masa, se demuestra que realizó un acto impropio a la hora de preparar productos alimenticios.
"Resulta evidente que el actor o bien lame la masa de pan que se preparaba o, de todas formas, realiza un acto impropio para quien prepara alimentos, llevándose la masa innecesariamente cerca de la boca o nariz con las dos manos, no resultando natural su comportamiento", detalla el fallo.
En la sentencia se indica que tampoco coincide la teoría expuesta por el trabajador, ya que las pruebas no se demuestra que se haya sacado "temporalmente la mascarilla" para rascarse la nariz, porque para eso "no necesitaba las dos manos y menos acercar la masa a su boca o nariz de la forma en que lo hizo".
Finalmente, la resolución judicial de primera instancia determinó que haber acercado la masa a subnoca o nariz es un hecho que "para cualquier persona prudente resulta inadecuado y fuera de normas elementales de higiene, especialmente para personas que preparan productos de alimentación de forma rutinaria y como parte del oficio que practican para su sustento vital".
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