Rechazan revisar sentencia a excarabinero por apremios ilegítimos contra Fabiola Campillai
- Por Ariel Araya
¿Qué pasó?
El Tribunal de Juicio Oral de San Bernardo rechazó la solicitud de revisión de sentencia, presentada por la defensa del excarabinero condenado por apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas en contra de Fabiola Campillai.
Cabe recordar que en el marco del estallido social, en noviembre de 2019 en la comuna de San Bernardo, la actual senadora recibió el impacto de una bomba lacrimógena cuando salía de su domicilio hacia su trabajo, mutilándole el rostro y dejándola ciega.
¿Qué pedía la defensa del excarabinero?
La abogada de Patricio Maturana pedía aplicar la ley Naín-Retamal, asegurando que había actuado en defensa propia.
Respecto de la solicitud, su representante, Catherine Lathrop, sostuvo que Maturana actuó "en función de una orden, temiendo gravemente por su integridad física y por las de sus compañeros, y en esa situación estaríamos en la hipótesis que avala la situación solicitada en términos de la aplicación de la ley Naín-Retamal".
¿Qué dijo el Ministerio Público?
El Ministerio Público, en tanto, comentó la resolución del tribunal asegurando que, en el momento del ataque, "solo había gritos, insultos y unas pocas piedras".
"En consecuencia, el contexto situacional no constituía un nivel de agresión que justificara el empleo de un arma de fuego menos letal como la carabina lanzagases. La sentencia dice que no hay una agresión ilegítima", apuntó Gamal Massú, fiscal de Alta Complejidad Occidente.
La condena
El exuniformado fue condenado en octubre de 2022 a 12 años y 183 días de cárcel por apremios ilegítimos contra la actual parlamentaria.
Según el fallo judicial, Maturana contaba "con el pleno control del arma y de los efectos que conllevaba su uso indebido, esto es, disparando directamente a un reducido grupo de personas que se encontraba en la esquina (?) a una distancia de 50,6 metros y en un ángulo muy inferior al exigido por los reglamentos y protocolos internos de la institución y contrario a lo recomendado por el propio fabricante de la munición".
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