Murió luego de que se le atravesara animal en plena autopista: Familia recibirá 88 millones como indemnización

¿Qué pasó?

Tras más de seis años de ocurrido el hecho, una familia deberá recibir una millonaria indemnización por parte de la concesionaria de una autopista, tras un accidente en el cual una persona falleció luego de impactar con un equino que se atravesó en la vía en la región de Valparaíso.

De acuerdo al fallo en primera instancia, todo ocurrió el pasado 15 de abril de 2017 a eso de las 03:00 horas cuando la víctima, de 62 años, se dirigía en dirección al oriente, camino internacional Autopista Troncal Sur que une Limache con Villa Alemana, Quilpué y Viña del Mar. 

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Acusan responsabilidades de la autopista

Es en medio de esa ruta que Miguel Ángel Campos Cañete, la víctima, choca imprevistamente con un equino "que se atravesó en la carretera (...), quedando malherido y falleciendo durante el trayecto a un centro asistencial", dice el documento judicial.

La demanda apunta a que esta autopista "supone que no deben ingresar animales a la vía, pero según testigos en este caso el asno caminaba por el centro de la calzada, estando los focos de la autopista apagados".

 

ATON / Imagen referencial.

 

En ese sentido, los demandantes aseguran que existe "una obligación de la concesionaria de incorporar al negocio una obligación de seguridad, sin perjuicio de las obligaciones de vigilancia, cuidado y control". 

Es por esa razón que los hijos pidieron millonarias sumas en su demanda en contra de la Sociedad Concesionaria Autopista de Los Andes S.A cifras que, en total, superaban los mil millones de pesos.

Por otro lado, la parte acusada negó cualquier responsabilidad en lo sucedido y aseguró haber dado cumplimiento a sus obligaciones, argumentando que el lugar donde ocurrió el hecho habría "es una zona vial con excelente visibilidad, además de contar con iluminación artificial, la que estaba operando al momento del fallecimiento".

Adicionalmente, indicaron que el deceso de la víctima no podía serles imputado, pues la responsabilidad recaería sobre el propietario del animal.

El fallo del tribunal

A pesar de la solicitud de la parte querellante, el Noveno Juzgado Civil de Santiago ordenó a la concesionaria a desembolsar un total de 88 millones por el concepto de daño moral a los hijos de la víctima.

En la resolución se argumenta que "no puede darse por cumplida la obligación de la autopista de brindar un servicio seguro, tanto porque si la ruta tiene enlaces, estos deben tener medidas de vigilancia y seguridad que eviten o al menos alerten de obstáculos, lo que no acreditó la demandada". 

"Después del accidente tampoco tomó medidas de prevención para otros automóviles que circulaban por allí, no obstante saber que existían más animales descontrolados y que fueron vistos por automovilistas y funcionarios de la autopista, incluso varias horas después", agrega.

"Tampoco puede achacarse a la víctima alguna otra circunstancia de que permita sostener que se expuso imprudentemente al daño, porque lo relativo a la velocidad no fue probado por quien alega esta circunstancia y de los informes de drogas y alcoholemia aparece que sus rangos eran negativos para esos tóxicos e incluso puede presumirse que se encontraba con buen ánimo, próximo a contraer matrimonio, sostiene.

“Que la colisión entre la víctima y el animal se produjo porque inesperadamente este último y otros ejemplares similares ingresaron a la autopista sin que aquella los hubiere detectado, sea por control en los enlaces como por obras de cerramiento. No existiendo siquiera cámaras de seguridad”, precisa.

"Debe descartarse caso fortuito porque tampoco fue probado en un lugar semipoblado en que las casas aledañas suelen tener animales, como señaló a la policía una mujer entrevistada o perros, como da cuenta la bitácora, pasan de ser anecdóticos a transformarse en un peligro cierto que debe ser si no eliminado completamente al menos controlado y vigilado para advertir peligro”, concluye.

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