Podrían desembolsarles hasta el 90% de sus fondos previsionales: Comenzó a regir la "Ley Papitos Corazón"
- Por Javiera Lagos | Vladimir Núñez
¿Qué pasó?
A partir de hoy, sábado 20 de mayo, comenzó a regir la "Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensión de Alimentos", conocida popularmente como "Ley Papitos Corazón", que busca garantizar el pago efectivo y constante de las pensiones alimenticias a sus hijos o hijas.
Este hecho, marca un hito para quienes esperan por años, que deudores, ya sean hombres o mujeres, regularicen sus pagos.
Es importante tener en cuenta, que esta ley contempla, entre sus puntos, que si el deudor no tiene dinero en sus cuentas o sus fondos sean insuficientes, entonces el tribunal puede acceder a sus fondos de AFP.
¿Cómo funciona la "Ley Papitos Corazón"?
Esta ley sigue un proceso que comenzó en noviembre de 2022, cuando entró en vigencia el Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos.
En el mencionado listado quedan inscritos todos quienes adeuden tres meses consecutivos o cinco meses discontinuos de pensiones de alimentos, cuando una resolución judicial así lo ordene.
Una vez que el deudor esté inscrito en este registro, que a la fecha ya suma a más de 80 mil personas, el siguiente paso, es hacer efectiva la revisión de bienes, cuentas bancarias e incluso, fondos previsionales.
Si se llega a descubrir que el acusado de no pagar la pensión de alimentos no tiene recursos, ya sea cuentas bancarias o instrumentos de inversión en el sistema financiero, el desembolso sería mediante su cuenta de AFP.
En cuanto a este desembolso, está contemplado que funcione de la siguiente manera:
- Si el deudor está a 15 años o menos de jubilar, se le retendrá el 50%.
- Si al deudor le faltan entre 15 a 30 años para jubilar, se le retendrá el 80%.
- Si el deudor está a más de 30 años de la edad de jubilación, se le retendrá el 90% de sus fondos previsionales.
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