Entró en vigencia la Ley Corta de la PGU: Ministra Jara asegura que "más personas podrán obtener esta ayuda estatal"

¿Qué pasó?

Durante su visita a la ciudad de Arica, la ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, oficializó este sábado la entrada en vigencia de la "Ley Corta PGU", la que establece una modificación en los requisitos de focalización de la Pensión Garantizada Universal.

La medida también implica que las solicitudes de PGU que han sido rechazadas por requisito de focalización, entre agosto del 2022 y marzo de 2023, serán reevaluadas. 

"Más personas podrán obtener esta ayuda estatal"

"Gracias a que la ley considera un nuevo requisito de focalización, más personas podrán obtener esta ayuda estatal, sumándose a los más de 2 millones de personas que ya han accedido a la PGU", dijo la ministra Jara.

La autoridad sostuvo que "el Instituto de Previsión Social (IPS) ya realizó un intenso trabajo previo para reevaluar las solicitudes que habían sido rechazadas por focalización desde agosto de 2022, para revisar cuántas de ellas podrían ahora ser concedidas".

"De esas solicitudes que habían sido rechazadas anteriormente, cerca de 40 mil personas estarán ahora recibiendo su PGU en abril. Así, se ha trabajado con un alto sentido de urgencia para que las personas reciban el beneficio desde el mismo mes en que comienza a regir la Ley Corta", agregó.

"No dejen de consultar"

Por su parte, el director nacional del IPS, Patricio Coronado, hizo un llamado a que "todas las personas, cuando cumplan 65 años, no dejen de consultar por los requisitos para la PGU, y hagan su solicitud cuando corresponda".

"Para ello tenemos diversas alternativas presenciales y no presenciales, e incluso cada mes realizamos acercamientos a los propios barrios donde viven las personas", aseveró.

¿A quiénes les corresponderá el beneficio desde este mes?

Desde este mes se evaluará que la persona no integre un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población total del país y no del grupo etario de mayores de 65 años o más, como era anteriormente.

En resumen, desde abril de este año, las personas que deseen recibir este beneficio deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener 65 años o más de edad.
  • No integrar el 10% más rico de la población total del país.
  • Acreditar residencia en el territorio de la República de Chile en estos dos casos:
  • Un período no inferior a 20 años continuos o discontinuos, desde que la o el solicitante haya cumplido 20 años de edad.
  • Un lapso no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse al beneficio de PGU.
  • Contar con una pensión base menor a $1.048.200 (monto de la pensión superior), determinada por la Pensión Autofinanciada de Referencia (PAFE) de PGU.

A pesar de la entrada en vigencia de estas nuevas condiciones, no podrán recibir los pagos de la Pensión Garantizada Universal, quienes cotizan o son pensionados de Capredena y Dipreca, aunque sean titulares o beneficiarios de una pensión de sobrevivencia.

¿Cómo postular a la PGU?

Las personas que crean cumplir estas condiciones, primero pueden asegurarse de ello en esta página web de ChileAtiende: en ella, solo basta con ingresar su RUT y su fecha de nacimiento, y luego dar clic en el botón de "consultar".

En caso de sí reunir las condiciones, entonces deben ingresar nuevamente su RUT en esta página web del IPS. Una vez dentro de la plataforma se debe pinchar en el recuadro de "Pensión Garantizada Universal, Pilar Solidario y Bono por Hijo". Posteriormente, se deben seguir las instrucciones para acceder al pago mensual de $206.173.

Cabe recordar que la postulación también se puede efectuar de manera presencial en las oficinas de ChileAtiende, en los municipios en convenio con el IPS, o en la respectiva AFP o compañía de seguros, en caso de estar afiliado.

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