Cadena de tiendas de conveniencia arriesga multas por 64 millones de dólares: ¿Cuáles son las razones?

¿Qué pasó?

La Fiscalía Nacional Económica (FNE) interpuso una demanda ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) contra la Cadena Comercial Andina, matriz de Oxxo Chile y OK Market. 

La acción judicial fue admitida por el TDLC, y ahora Oxxo, cadena de origen mexicano, está arriesgando multas por cerca de 64 millones de dólares

¿Cuáles son las razones?

El requerimiento de la FNE fue presentado debido a que la empresa habría entregado información falsa durante la adquisición de las tiendas de conveniencia OK Market, las cuales fueron compradas a SMU.

La FNE realizó una investigación para conocer el estado de cumplimiento de los compradores. Allí se evidenció que algunos documentos no fueron entregados, los que contenían antecedentes que permitían determinar el mercado relevante geográfico de los locales de las partes y la segmentación de clientes.

En esos archivos también había datos sobre el plan de expansión mediante la apertura de nuevas tiendas y que permitirían revisar los competidores que Oxxo Chile consideraba como más cercanos, informó Diario Financiero.

¿Qué explicaron desde la FNE?

La fiscal (s) de la FNE, Mónica Salamanca, explicó que "en la operación de concentración se entregó información falsa, consistente en señalar tanto en la Notificación como en el Complemento, que los antecedentes adjuntos a dichas presentaciones, eran los únicos antecedentes disponibles -de manera que no contaban con más información al respecto-, en circunstancias que existían a lo menos 60 documentos adicionales que no fueron acompañados, correspondientes a estudios de ‘origen-destino’ y ‘evaluaciones de apertura". 

Otra de las irregularidades de Oxxo tendría relación con que debía renunciar a cláusulas exclusivas de algunos contratos de arriendo en un plazo de 30 días luego de la fusión de ambas cadenas. Sin embargo, la Fiscalía Nacional Económica corroboró que Cadena Comercial Andina mantenía 17 acuerdos sujetos al controlador.

"La gravedad de la conducta queda en evidencia por cuanto la operación se aprobó sujeta al cumplimiento de la medida de renuncia a las Cláusulas de Exclusividad, cuyo objeto era aumentar la competencia en los mercados relevantes afectados por la operación. A contrario sensu (en sentido contrario), el no cumplir con las mismas constituye -por sola disposición legal- una reducción sustancial de la competencia", detalló Salamanca.

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