Este jueves se dictará sentencia por caso Silala: ¿Por qué Chile demandó a Bolivia ante La Haya?
- Por Diego Alonzo
La Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya informó que este jueves 1 de diciembre revelará el fallo del conflicto relacionado con las aguas del río Silala, que tiene como protagonistas a Chile y Bolivia.
Los alegatos de ambos países comenzaron el pasado 1 de abril y concluyeron 13 días después, aunque el caso se remonta al 2016, cuando Chile presentó una demanda, en medio de otro diferendo en la propia CIJ.
En aquella oportunidad, La Paz demandó obligar a Chile a negociar una salida soberana al mar, lo cual fue rechazado por el tribunal en 2018.
¿Por qué Chile demandó a Bolivia en el caso Silala?
El Gobierno de Chile informó que, en este caso, el país solicita al tribunal que declare que el río Silala es un curso de agua internacional y que, por lo tanto, tiene derecho a utilizar sus aguas.
Además, nuestro país pidió a la CIJ "declarar que su actual uso cumple con este principio, sin desconocer que Bolivia, como país ribereño, también tiene derecho a un uso razonable y equitativo".
Cabe señalar que, en 2018, Bolivia presentó sus argumentos, señalando que una parte importante del flujo de agua que corre hacia Chile es de carácter artificial y que, por ende, nuestro país debía pagar por su uso.
¿Qué dicen los expertos?
A través de su cuenta de Twitter, Paulina Astroza, abogada y profesora de Derecho Internacional, explicó que "un curso de agua internacional es aquel que traspasa naturalmente las fronteras de los Estados y, en consecuencia, queda bajo las normas del DI (Derecho Internacional)".
En tanto, "la discusión no es si se trata de un río o manantial, ni si nace o no en Bolivia. La discusión es si es un curso de agua internacional y que, por lo tanto, se rige por Derecho Internacional".
Por otra parte, la experta aclaró que "Chile, como demandante, debió probar en el juicio que el Silala cruza naturalmente la frontera, sin intervención humana. Para esto se recurrió a estudios científicos y peritos que así lo probaron tanto en la parte escrita como en los alegatos".
Derecho Internacional fluvial consuetudinario
Astroza remarcó que "Chile sostiene que el Silala traspasa naturalmente la frontera y queda regido por el Derecho Internacional. Como entre Chile y Bolivia no hay tratado que rija el Silala, ni son parte ambos Estados de la Convención de la ONU que regla esta materia, se aplica el Derecho Internacional consuetudinario".
"El Derecho Internacional fluvial consuetudinario (que tiene su origen desde hace siglos) establece entre sus normas que el uso de un curso de agua internacional se rige por principios como el del uso razonable y equitativo por parte de los Estados ribereños", sostuvo.
De acuerdo a lo anterior, la docente agregó que "por lo que Chile tiene derecho a usar las aguas del Silala y Bolivia tiene la obligación de respetar este uso. Además, Bolivia tiene las otras obligaciones que establece el Derecho Internacional consuetudinario como Estado 'río arriba' y eso es lo que aparece en peticiones concretas de Chile".
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