Lo despidieron injustificadamente por figura de desahucio y ahora le pagarán más de $5 millones

¿Qué pasó?

La Corte de Apelaciones de Santiago invalidó de oficio una resolución impugnada y acogió una demanda por el despido injustificado de un ejecutivo de la empresa de transporte de pasajeros Metro S.A.

El afectado, quien desempeñaba un cargo de subgerente, fue despedido el 9 de febrero de 2021, luego de trabajar siete años en la empresa. 

Según el fallo, la carta de despido consigna que la "determinación ha sido adoptada de conformidad al artículo 161, inciso segundo del Código del Trabajo, que faculta al empleador a terminar el contrato mediante desahucio escrito".

El fallo   

En fallo unánime (causa rol 962-2022), la Décima Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Omar Astudillo, la ministra Paola Díaz y la fiscal judicial Ana María Hernández– estableció desacierto en la sentencia recurrida, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, al rechazar la acción.

Al tratarse de un trabajador que cumplía un cargo con poder de representación, "existe un estándar legal específico para habilitar la causal de desahucio, cual es la existencia de –a lo menos– ‘facultades generales de administración’, por ello los hechos asentados en el fallo deben subsumirse en tal expresión".

En la resolución se explica que el trabajador "indudablemente gozaba de un cargo de jefatura y poder de representación, sin embargo, la existencia de límites claramente establecidos respecto de su poder decisorio a su sola área y la existencia de un tope de 300 UF para contratar, producen un sustancial acotamiento de sus facultades que obligan a considerarlo como un delegado".

De ese modo, en su cargo "no parece definir ninguna política ‘general’ de la empresa, ni siquiera puede despedir o contratar a las personas a su cargo y su libertad e iniciativa se dirige más que nada al ámbito operacional, aun contemplando algunas facultades administrativas para el cumplimiento de su gestión”, agrega el fallo.

"Los hechos no se corresponden con las facultades generales de administración que exige la norma y, de ese modo, se configura la causal de nulidad que se consagra en el artículo 478, letra c), del Código del Trabajo”, agrega la resolución, por lo que también se acogió la demanda de despido injustificado

Considerando lo anterior, la empresa de transporte de pasajeros Metro S.A. deberá pagar al demandante la suma de $5.509.176, a título de 30% de incremento de la indemnización por años de servicio.

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