Corte de Apelaciones ordena vacunar a recién nacida pese a que sus padres se negaban por motivos religiosos

¿Qué pasó?

La Corte de Apelaciones de Valdivia aceptó el recurso de protección que presentó el Hospital Base de Osorno, en contra de los progenitores de una recién nacida, quienes no están dispuestos a inocular a su hija con las vacunas obligatorias, por razones religiosas

¿Cuáles son las vacunas?

Las vacunas con las que la menor no cuenta forman parte del Programa Nacional de Inmunizaciones del Ministerio de Salud.

Se trata de la vacuna BCG que protege contra la tuberculosis en todas sus variantes y la HBV, que defiende contra la infección crónica con el virus de la hepatitis

La resolución del Tribunal

En un fallo unánime, los magistrados acogieron el recurso y manifestaron que "la anterior argumentación se fortalece, en los casos de vacunación obligatoria, porque la medida beneficia no solo al sujeto que se vacuna, sino al conjunto de la población".

Los jueces mencionaron que el no inocular a un bebé con las vacunas obligatorias "debe ser considerado ilegal, en cuanto se endereza, precisamente, a objetar el cumplimiento de una obligación sanitaria con fundamento legal y objetivos de sanidad pública, acto ilegal que vulnera los derechos constitucionales de su hija".

La recién nacida deberá ser inmunizada

Por estas razones, el Tribunal comunicó que "se autoriza al referido hospital para proceder a la vacunación de la lactante, debiendo los padres proceder en consecuencia con las políticas públicas estatales".

Si los padres se oponen, estos podrían ser sancionados "con algunas de las medidas contempladas en el numeral 15° del Auto Acordado que regula la materia", informó el fallo.

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