Maestro sufre accidente laboral, lo despiden tras quedar con problemas físicos y ahora le deben pagar más de $9 millones

  • Por Javiera Rodríguez

¿Qué pasó?

La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a una empresa constructora a pagar más de $9 millones a un trabajador que fue despedido de manera discriminatoria tras quedar con su capacidad física disminuida luego de sufrir un accidente laboral.

El tribunal de alzada acogió el recurso de nulidad interpuesto por el trabajador, que se desempeñaba como "Maestro Primera Eléctrico", en contra de la sentencia del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, la que rechazó la demanda en primera instancia, y estableció que se encuentra probado el despido discriminatorio por parte de Consorcio Constructor Los Estanques SpA.

El caso

El hombre denunció que el 29 de marzo de 2019 sufrió un grave accidente de trabajo, cuyas lesiones significaron su hospitalización y licencia por 10 meses.

Es así como en enero de 2020 se reintegró a sus labores, ya que no existían más avances en su rehabilitación, debiendo estar permanentemente medicado contra el dolor, especialmente por las lesiones en su columna, pelvis y brazo.

Fue en esas condiciones que intentó realizar los trabajos que podía hasta que su empleadora lo tuvo por un tiempo sin hacer ningún tipo de actividad, permaneciendo los últimos días de trabajo sentado, hasta que lo despidieron en junio de ese mismo año.

El despido

La causal de la desvinculación fue "necesidades de la empresa", y en la carta se indicaba que "en la obra que usted actualmente presta servicio para la empresa se encuentra concluida y entregada, existiendo hoy solo trabajos menores de reparación, que no requieren la misma cantidad de trabajadores prestando servicios en este".

Sin embargo, el trabajador aseguró que el proyecto no se encontraba concluido y que tras su salida se continuaban llevando a cabo trabajos en la obra.

Despido discriminatorio

El fallo de la Corte de Apelaciones sostiene que las señales demostradas conducen a generar la sospecha de que ha existido una lesión al derecho a la no discriminación, "desde que los indicios demostrados son suficientes para inferir que la discapacidad física del demandante motivó su desvinculación por no ser ya 'útil' para la demandada, en las condiciones desmejoradas en que desarrolla actualmente su vida".

"La circunstancia de que la relación laboral haya sido indefinida –no lo fue por obra o faena o de plazo fijo– permite corroborar que la supuesta conclusión de la obra en la que prestaba servicios el actor no era atingente a la naturaleza de su contratación, aparte que dicha obra permaneció en funcionamiento, incluso aumentó su dotación al mes siguiente del despido del actor", asegura.

La resolución sostiene que "el despido del actor fue discriminatorio pues, en realidad, se sostuvo en su discapacidad física, producto del accidente laboral que sufrió en su desempeño, transgrediendo la empleadora la disposición del artículo 2 del Código del Trabajo, en cuanto esta norma prevé que son contrarios a los principios de las leyes laborales los actos de discriminación y precisa que estos están constituidos, entre otros, por las exclusiones basadas en motivos de enfermedad o discapacidad".

Pago de más de $9 millones

El tribunal condenó a Consorcio Constructor Los Estanques SpA a realizar a lo menos una charla a todos sus trabajadores sobre la existencia del derecho a la no discriminación, y a pagar al trabajador despedido las siguientes sumas:

  • $998.523, como indemnización sustitutiva del aviso previo.
  • $998.523, como indemnización por años de servicios.
  • $299.560, como recargo previsto en la letra a) del artículo 168 del Código del Trabajo.
  • $890.544, por compensación de feriado.
  • $5.991.138, como indemnización especial del artículo 489 del Código del Trabajo, equivalente a seis remuneraciones.

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