Retiro de fondos: Estos son los otros proyectos que buscan extracción de ahorros de las AFP y que siguen en el Congreso
- Por Javiera Rodríguez
¿Qué pasó?
Pese a que el pasado lunes la Cámara de Diputadas y Diputados rechazó dos proyectos de quinto retiro de los fondos de pensiones, aún se encuentran ingresados en el Congreso otras iniciativas de la misma materia.
A inicios de esta semana sólo fueron rechazadas la propuesta que fusionaba siete proyectos presentados por parlamentarios, y la extracción acotada que era impulsada por el Gobierno, la cual aún tiene una posibilidad si el Ejecutivo insiste en el Senado.
Proyectos en el Senado
Antes de que ocurriera la negativa en la Cámara, senadores patrocinaron dos ideas referentes a un quinto retiro.
Por una parte, se encuentran los DC Ximena Rincón, Matías Walker y Pedro Araya, quienes propusieron que se pueda efectuar "uno o más giros de fondos previsionales de la cuenta obligatoria de fondos previsionales del sistema privado de pensiones".
Para esto se establecieron los siguientes requisitos:
- Beneficiarios de la ley 20.850, que crea un sistema de protección financiera para diagnósticos y tratamientos de alto costo: Este grupo podrá efectuar retiros sucesivos de hasta el 10% de los fondos acumulados, con el objetivo de cubrir el tratamiento.
- Quienes necesiten financiar el pie de un crédito hipotecario: En este caso se debe tratar de la compra o construcción de una primera vivienda, y se podrá extraer hasta el 10% del monto de la infraestructura, con un límite de 220 UF.
- Quienes mantengan obligaciones alimentarias pendientes: El juzgado de familia competente podrá autorizar al alimentario pagarse las pensiones alimenticias morosas con cargo de los fondos previsionales del deudor, con un tope de hasta el 50% de los ahorros acumulados en su cuenta.
El senador Karim Bianchi presentó la tradicional iniciativa de retiro de hasta el 10% de los ahorros, con un mínimo de 35 UF ($1.100.000 aproximadamente) y un máximo de 150 UF ($4.790.000 aproximadamente), de no contar con el mínimo se podría extraer la totalidad del dinero.
"La entrega de los fondos se efectuará en una sola cuota y en el plazo máximo de quince días hábiles contado desde la presentación de la solicitud", dice el texto que incorpora un adelanto de las rentas vitalicias y el pago de deudas de pensiones alimenticias.
Autopréstamo
Cuando se fusionaron los siete proyectos de retiro, quedó afuera de la agrupación la iniciativa del Partido de la Gente (PDG), que establece que si los afiliados tienen un ahorro menor a $10 millones y mayor a $1 millón al momento de realizar la petición de autopréstamo, "podrán solicitar como retiro un monto de hasta un millón de pesos".
En cambio, si la cifra fuese inferior a $1 millón, "se podrá solicitar el monto total de lo ahorrado en calidad de préstamo". En caso de que las cifras sean superiores, el cotizante podrá retirar un valor equivalente al 15% de sus ahorros.
Respecto de los plazos de pago del monto autoprestado, el proyecto sugiere el siguiente mecanismo:
- El 70% del monto se entrega de manera inmediata, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar del ingreso de la correspondiente solicitud.
- El remanente (30%), se entrega dentro del plazo de veinte días hábiles a contar del ingreso de la solicitud.
Retiro de $1 millón
Otra propuesta que quedó fuera de la fusión fue la de Eduardo Durán (RN), la que buscaba permitir retirar hasta $1 millón de las cuentas previsionales, por un plazo de 390 días.
La extracción no contemplaría impuestos, pero sí el pago de pensiones de alimentos, y el pago sería de una sola vez, bajo el siguiente mecanismo:
- Las personas que retiren una suma igual o inferior a $1 millón, recibirán el pago en una sola cuota, en el plazo máximo de 15 días corridos desde la presentación de la solicitud.
- Las solicitudes se podrán presentar a contar del séptimo día desde la publicación de la ley en el Diario Oficial.
- La implementación del sistema de transferencias de fondos y otras medidas que se efectúen en virtud de esta disposición no tendrá costo alguno para los afiliados. Además, las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán enviar a la Superintendencia de Pensiones, y al Banco Central cuando corresponda, todo antecedente del cumplimiento de las medidas que se efectúen con motivo de la aplicación de la presente disposición.
Sexto retiro
Ante la posibilidad que fuera rechazado el quinto retiro universal, lo que finalmente pasó, un grupo de legisladores se adelantaron y antes de que se manifestara la negativa, presentaron sendos proyectos para buscar una sexta extracción de fondos de pensiones.
René Alinco (PPD) ingresó una iniciativa que indica: "Las personas que sean propietarias de fondos previsionales regulados por un régimen de capitalización individual, cuyo financiamiento provenga de cotizaciones obligatorias o voluntarias, y que no se hayan pensionado, tendrán derecho a retirar desde el 10% o la totalidad del dinero de su cuenta de capitalización individual, incluyendo a Pensionados de rentas vitalicias, exonerados políticos y familiares de detenidos desaparecidos".
Félix González (PEV), Pamela Jiles (PH) y Camila Flores (RN), patrocinaron un proyecto para el retiro del 100% de los ahorros. Los dos primeros diputados, junto a Rubén Dario Oyarzo (PDG), también son parte de otra iniciativa para permitir sacar hasta el 10% de las cuentas previsionales, que sólo se diferencia con el otro texto en el monto, estableciendo un mínimo de 35 UF ($1.100.000 aproximadamente) y un máximo de 150 UF ($4.790.000 aproximadamente), de no contar con el mínimo se podría extraer la totalidad del dinero.
Gaspar Rivas, diputado por el Partido de la Gente (PDG), también presentó su propia propuesta para la extracción parcial o total de los ahorros, la cual contempla un reintegro de la pérdida de los fondos por parte de las AFP e incorpora a los pensionados por rentas vitalicias.
Finalmente, Jorge Durán (RN) ingresó otro proyecto que tiene pago de impuestos y que da un plazo de 730 días para solicitar el pago de hasta la totalidad de los ahorros previsionales, una vez que la eventual ley sea publicada en el Diario Oficial.
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