Pleno de la Convención aprueba 7 artículos: Una de las normas obliga a medios a rectificar información agraviante
- Por Meganoticias-Aton
¿Qué pasó?
El Pleno de la Convención Constitucional votó este viernes en particular las propuestas emanadas desde la Comisión de Sistemas de Conocimiento y, en dicha instancia, se logró la aprobación de siete artículos.
Los artículos aprobados
Uno de los artículos aprobados durante esta jornada fue el número 8, el cual logró 141 votos a favor, 5 en contra y 5 abstenciones.
Esta norma indica que "toda persona ofendida o injustamente aludida por un medio de comunicación e información, tiene derecho a que su aclaración o rectificación sea difundida gratuitamente por el mismo medio en que hubiese sido emitida. La ley regulará el ejercicio de este derecho con pleno respeto a la libertad de expresión".
A su vez, otro artículo aprobado fue el número 18, que consagra el derecho al acceso "a la conectividad digital y a las tecnologías de la información y comunicación, con pleno respeto de los derechos y garantías que establecen esta Constitución y las leyes".
La misma situación ocurrió con un párrafo del artículo 19, que refiere a que "el Estado tiene la obligación de superar las brechas de acceso y uso de participación en el espacio digital".
El mismo destino tuvo el artículo 12, que establece que "el Estado promueve, fomenta y garantiza el acceso, desarrollo y difusión de las culturas, las artes y los conocimientos, atendiendo la diversidad cultural en todas sus manifestaciones".
A su vez, también fue aprobado el artículo 13, que consagra que "los pueblos y naciones preexistentes tienen derecho a obtener la repatriación de objetos de cultura y de restos humanos pertenecientes a los pueblos".
17 artículos fueron rechazados
Por otra parte, este jueves fueron rechazados 17 artículos en general por problemas de redacción, o bien una redacción ambigua, o bien por inconsistencias de fondo. En algunos casos, por ser muy específicas, toda vez que una de ellas apuntaba a dar reconocimiento constitucional al artista callejero.
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