Dos mujeres serán reconocidas legalmente como madre de un niño

  • Por Meganoticias

¿Qué pasó?

El Juzgado de Familia de Talcahuano, región del Biobío, acogió la demanda de reclamación de maternidad interpuesta por la madre biológica de un niño de cuatro años, ordenando al Registro Civil incorporar a la pareja de la mujer como la segunda madre del menor.

La pareja tuvo al menor mediante reproducción asistida, y hasta ahora sólo era reconocida como mamá la mujer que dio a luz al pequeño.

Concepto de familia

En el fallo se señala que: "Debemos preguntarnos ¿qué hace que una familia sea familia? A este respecto no cabe duda que un elemento principal y común para ser considerada una familia es la existencia en ellas de un 'vínculo afectivo' que las une y un 'proyecto común de vida', así es menester la existencia de vínculos significativos sin necesidad de tener vínculo sanguíneo sino que incluso un sentido de pertenecer y de experiencias compartidas con ocasión de ese proyecto común".

"Pues bien en el caso de marras no cabe ninguna duda a esta sentenciadora que (ambas mujeres) y su hijo constituyen una familia, unidas por un fuerte vínculo afectivo, insertas en dos grupos familiares? que las reconocen como tales y también con un niño que con tan solo 4 años se siente parte integrante de esta familia conformada por dos mujeres a quien él reconoce como mamás con plena normalidad", agrega.

Orden de inscripción al Registro Civil

La jueza de Familia, Andrea Caro, indicó que se ordenó al "Registro Civil que se proceda la inscripción de dicho nacimiento, de manera que se registre no tan sólo la condición de la madre biológica, sino que también de la madre no gestante".

Además, recalcó que la familia "es un concepto dinámico que depende de diversas variables sociales, culturales, regionales, y que, por lo tanto, ni la legislación interna o la internacional encuentra una definición categórica".

"Decidir lo contrario sería una contravención a los derechos del niño"

La magistrada reiteró: "Se ha acreditado fehacientemente que esta pareja junto a su hijo constituyen a una familia toda vez que se encuentran unida por un vínculo afectivo y por un proyecto en común".

"Se hace aplicable el artículo 182 del Código Civil, que reconoce la filiación de un hijo concebido mediante a las técnicas de reproducción asistida, respecto de un padre y una madre. En consecuencia, efectuando una interpretación armónica... se estimó esta norma legal  aplicable al caso en cuestión. Decidir lo contrario significaría la contravención de una serie de derechos del niño, como el derecho a la identidad; el derecho a la familia; el interés superior del niño y la igualdad de los hijos", explicó.

Leer más de