Avanza el cuarto retiro en el Senado: comisión de Constitución aprueba en general el proyecto
- Por Meganoticias
¿Qué pasó?
Este martes la Comisión de Constitución del Senado aprobó en general el proyecto de ley que establece un cuarto retiro de fondos de pensión desde las cuentas individuales de las AFP.
La iniciativa obtuvo tres votos a favor y dos en contra, tras lo cual pasa a la Sala. Quienes votaron a favor fueron los senadores Alfonso de Urresti (PS), Pedro Araya (IND) y Francisco Huenchumilla (DC), mientras que por rechazarlo estuvieron Rodrigo Galilea (RN) y Luz Ebensperger (UDI) .
Una vez que el proyecto se ponga en tabla, en la Sala, la norma requiere del voto favorable de 26 senadores, dado que tiene un quórum de tres quintos.
Argumentos
En la instancia los senadores entregaron sus argumentos para votar a favor o en contra de la iniciativa.
En el caso de Huenchumilla, señaló: "Yo trato de ser una persona responsable, pero creo que los economistas tiene que asumir su responsabilidad en Chile, de cómo ellos han predicado una cosa que ahora al momento de los quiubo no se dio".
Mientras que el presidente de la comisión, Pedro Araya sostuvo que "probablemente todos quienes hemos votado este proyecto, sea a favor o en contra, no lo hemos hecho solamente por razones técnicas, hay también razones de carácter políticas y tienen que ver con la realidad que uno vive día a día cuando visita numerosas familias en las regiones que uno representa".
Reacciones
Una vez terminada la votación, el senador De Urresti , dijo que "yo espero que Carolina Goic recapacite que la DC entienda que una senadora de sus filas no puede estar votando en contra (...). Creo que tenemos todavía un par de días para convencer y para sumar los 26 votos necesarios en la Sala, al menos la bancada del Partido Socialista va a estar completa votando a favor".
En tanto la senadora Ebensperger, indicó que "todos concordamos en que lo que hay que modificar es el sistema de pensiones para que existan en Chile pensiones dignas, pero eso es contradictorio con seguir aprobando retiros, porque de qué sirve modificar un sistema de pensiones cuando ya no va a haber fondos".
"Yo mantengo mi convicción de que este retiro de AFP y especie de confiscación a las compañías de seguros de rentas vitalicias es una mala idea, genera muchos más daños que los teóricos beneficios que podrían llegar a generar", sostuvo el senador Galilea.
¿Cómo fue la sesión?
La sesión puedes revisarla en nuestro canal de YouTube.
Segundo trámite
En el Senado se procede de igual forma que en la cámara de origen, es decir, ahora pasa a Sala para votación en general y, por último, la votación en particular.
En el caso de que se apruebe el proyecto sin adiciones a como salió de la Cámara de Diputados, será despachado del Congreso y quedará habilitado para ser promulgado como Ley por el Presidente. Lo mismo ocurre si hay cambios en el proyecto desde el Senado y la Cámara los aprueba.
Eventual tercer trámite
Pese a esto, en el caso de que el proyecto sea rechazado en el Senado, o bien, la Cámara de Diputados rechace los cambios introducidos, se procede al tercer trámite, donde se crea una comisión mixta de ambas Cámaras.
El informe emanado de dicha comisión se vota tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado. Si es aprobado por ambas instancias, el proyecto es despachado.
Eventual veto del Presidente
Considerando las posturas expresadas desde el Gobierno, una de las posibilidades ante el avance de un proyecto de retiro de fondos es que el Presidente Sebastián Piñera establezca un veto, el cual puede ser aditivo, sustitutivo o supresivo, o bien, observaciones al texto.
Ante esto, ambas Cámaras deben pronunciarse. Si se aprueba el veto u observación, hay ley. Sin embargo, los parlamentarios también pueden rechazar las consideraciones del Gobierno e insistir en el proyecto original, para lo cual necesitan el quórum de dos tercios.
Tribunal Constitucional
Otra etapa de freno a un proyecto despachado sería un requerimiento para que el Tribunal Constitucional (TC) se pronuncie respecto al contenido de la iniciativa, pudiendo declarar que viola normas de la actual Carta Fundamental.
Sin embargo, cabe recordar que en el tercer retiro de fondos de AFP el Gobierno realizó esta acción y el TC desestimó su requerimiento. Algo que fue catalogado como una derrota para el Ejecutivo.
Promulgación
La promulgación de la ley procede cuando el Presidente aprueba el proyecto de ley despachado del Congreso, o bien, cuando se agotan las instancias de veto o requerimiento al TC. Dentro de un plazo de 10 días hábiles, el Jefe de Estado debe enviar un decreto promulgatorio que declara la existencia de la ley.
Contraloría y Diario Oficial
Luego de la promulgación, la Contraloría General de la República procede a la toma de razón de la ley y, posteriormente, dentro de un plazo de cinco días hábiles, esta es publicada en el Diario Oficial. Tratándose de retiros de fondos previsionales, desde ese día comienza el proceso de solicitud de extracción de los fondos desde las AFP.
El proyecto
Retiro para pensionados de AFP
La iniciativa autoriza a los afiliados del sistema privado de pensiones a realizar voluntaria y excepcionalmente un nuevo retiro de hasta el 10% de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual por cotizaciones obligatorias.
Se trata de un monto máximo de 150 UF ($4.546.500) y un monto mínimo de 35 UF ($1.060.850). Si el monto acumulado es menor a 35 UF, se podrá retirar la totalidad de los fondos. La solicitud se puede realizar en los siguientes 730 días (2 años) de publicada la ley.
Retiro para quienes certifiquen enfermedades catastróficas o de alto costo
Además, permite a quienes cuenten con diagnósticos y tratamientos de alto costo y que acrediten su enfermedad mediante certificado médico de un especialista, retirar el total de los montos acumulados. El máximo fijado es de 1.350 UF ($34.856.500 aprox.).
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