Cuarto retiro: adelantan fecha para cuándo se podría disponer del dinero del 10%
- Por Meganoticias
¿Qué pasó?
El diputado Raúl Soto se refirió a la fecha tentativa en que se podría concretar el cuarto retiro de AFP, si es que se logran los votos necesarios para su aprobación.
En ese sentido, indicó que la gente podría retirar el 10% de sus fondos de pensiones a fines de octubre: "Ojalá que durante la penúltima o última semana de septiembre el proyecto ya esté despachado al Senado, para que en el mes de octubre los chilenos puedan hacer su cuarto retiro de AFP".
Para lograr ese cometido, el parlamentario sostuvo que es pertinente "tomarnos el tiempo que sea necesario, para tener un buen proyecto, para ver las indicaciones que se vayan a presentar, para que la fusión de todas estas iniciativas no quede en un proyecto inviable, muy por el contrario, que se tomen todos los resguardos necesarios".
Próximos pasos
La jornada de ayer, la votación en particular del proyecto del cuarto retiro fue aplazada por la Comisión de Constitución hasta el 22 de septiembre, mientras la posibilidad de presentar indicaciones quedó fijada para el 15 de este mes.
Una vez que se retome la votación, la comisión deberá elaborar un informe favorable y se designará a un parlamentario integrante de la instancia, quien leerá dicho texto al pleno de la Sala, tras lo cual los demás legisladores se pronunciarán sobre si aprueban o no la idea de legislar, también conocida como la votación "en general".
Si se llegase a aprobar en esta etapa y no se presentan indicaciones por parte de los parlamentarios o el Gobierno, el proyecto se entiende aprobado en su totalidad y pasaría al Senado.
No obstante, es común que se presenten observaciones, y en este caso, se procede a su discusión y votación en particular, artículo por artículo, en la Comisión.
Tras esto, la instancia entrega un nuevo informe a la Cámara, que deberá votar de la misma forma que la comisión. Es decir, punto por punto.
En caso de que el proyecto alcance los votos requeridos, pasará a su segundo trámite constitucional en la denominada cámara revisora, en este caso, el Senado, la que procede de igual forma que en la cámara de origen.
Si eventualmente la iniciativa es rechazada por el Senado, o la Cámara de Diputados rechace los cambios introducidos, se procede al tercer trámite, en donde se crea una comisión mixta de ambas Cámaras, cuyo informe se vota también en las dos instancias. Si es aprobado por ambas, el proyecto es despachado.
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